La Procuraduría General de la República (PGR) ha abierto la puerta de la prisión a Guillermo Padrés.
El ex Gobernador de Sonora quedó ayer absuelto en forma definitiva de delincuencia organizada, único delito que impedía llevar sus procesos en libertad, luego de que en forma inusual la PGR no impugnara durante 10 días hábiles el amparo de primera instancia donde se canceló dicho cargo.
«Se hace constar que al día de hoy las partes no interpusieron revisión, dentro del término legal, contra la sentencia dictada en el presente juicio; en consecuencia… se declara que la misma ha causado ejecutoria», acordó Alberto Roldán Olvera, Juez Quinto de Amparo y Juicios Federales en Toluca.
Con esta determinación, la defensa de Padrés, que encabeza el despacho de Antonio Lozano Gracia, ya puede presentar su solicitud de sustitución de la prisión preventiva, para enfrentar en libertad los procesos que tiene pendientes por lavado de dinero y defraudación fiscal.
Desde la aprobación de la Miscelánea Penal de junio de 2016, estos últimos delitos ya no ameritan la prisión preventiva oficiosa, aunque los jueces pueden negar la libertad si la PGR los convence de que el procesado puede darse a la fuga o es un peligro para la sociedad.
En el juicio de Toluca, que instruye Guillermina Matías Garduño, Juez Cuarto de Distrito en Procesos Penales Federales, Padrés originalmente fue acusado de delincuencia organizada y lavado por 178 millones de pesos. Hoy ya sólo prevalece este último ilícito.
En la Ciudad de México, el Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Procesos Penales Federales, que preside Guillermo Urbina Tanús, le instruye otro juicio por defraudación fiscal y lavado por 8.8 millones de dólares.
La ruta que ahora debe recorrer Padrés para salir del Reclusorio Oriente es presentar por escrito a los dos jueces sus solicitudes de revisión y modificación de la medida cautelar.
Una vez que eso ocurra, cada uno de los impartidores de justicia fijarán una fecha para la audiencia donde, después de que la PGR y la defensa del ex Gobernador diriman sus argumentos, los jueces definirán si le sustituyen la prisión preventiva a la que está sometida.
El nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales prevé, además de la prisión preventiva, 13 medidas cautelares bajo las que un procesado puede enfrentar el juicio.
Las condiciones van desde el pago de una garantía económica, la presentación periódica ante el juez, la prohibición para salir del País y el uso de brazalete electrónico durante el tiempo en que duren sus juicios.
Padrés tiene en el corto plazo otras posibilidades legales para incluso salir absuelto.
En el amparo que canceló el delito de delincuencia organizada, el juez federal Alberto Roldán también ordenó reponer y valorar nuevamente si debe prevalecer la defraudación fiscal. Si la juez de la causa considera que no está justificado el ilícito, este caso quedará finiquitado.
Además, el pasado 8 de noviembre el Décimo Tribunal Colegiado Penal también ordenó reponer el juicio de lavado y defraudación fiscal que se instruye en la Ciudad de México, ya que el juez del proceso no tomó en cuenta las pruebas de descargo de Padrés.
Ambos fallos serán dictados en cuestión de días.
Fuente: Reforma