El acoso que la Fiscalía General de la República (FGR) emprendió hace un año en contra de una treintena de científicos del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) prácticamente quedó finiquitada con la resolución que recientemente hizo un tribunal federal al otorgarle un amparo a una de las personas afectadas: “ya se decidió que esos hechos no son constitutivos de delito”. Por ese motivo, indicaron que se dicte el no ejercicio de la acción penal y que el caso sea archivado por no existir un delito a perseguir.
El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal amparó a la investigadora Patricia Zúñiga Mendoza, luego de que ella y su defensa solicitara el no ejercicio de acción penal ante la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada. La respuesta fue negativa, le argumentaron que el caso estaba en etapa de investigación. Entonces fue que solicitó el recurso para protegerse.
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En el tribunal se recordó que ya un juez de control del Centro de Justicia Penal Federal de Almoloya de Juárez, en el Estado de México, había rechazado emitir las órdenes de aprehensión en contra de los 31 académicos, al considerar que no hubo irregularidades en el uso de los 244 millones de pesos que les acusaban de haber desviado. Entonces, recalcaron, desde ese momento se debió sobreseer la acusación, en lugar de devolverla (como ocurrió) a la FGR.
“Cuando se llega a la conclusión de que los hechos no son delito y el asunto se encuentra en la etapa de investigación inicial, el fiscal debe resolver el ejercicio y mandarla al archivo, es disposición legal expresa”, se advirtió por parte de los magistrados. “Entonces lo que ocurre es, si no hay delito, ya no es necesario seguir investigando. Lo que llama la atención es que se haya asumido una cuestión distinta al juzgado”.
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Cabe recordar que la disputa entre la dirección del Conacyt y este grupo de académicos comenzó cuando María Elena Álvarez-Buylla -actual titular del Consejo- decidió retirar los fondos del Foro Consultivo Científico y Tecnológico, A.C.
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