A partir de ahora, el proceso para concretar los cambios administrativos estará a cargo del gobierno local, mientras que el INE organizará la Asamblea Constituyente, que creará la Constitución capitalina.
La ciudad de México será el estado número 32, una vez que el Ejecutivo Federal publique la declaratoria de constitucional de la Reforma Política del DF en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Este 20 de enero, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión concluyó un ciclo al declarar constitucional esta reforma, luego que 23 estados de la República aprobaran, sin modificación, el dictamen.
Con ello, se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política, con lo que la capital de la República se transforma en la entidad 32, cambia su nombre a “Ciudad de México” y abre paso a la creación de su propia Constitución.
A partir de ahora, el proceso para concretar los cambios administrativos estará a cargo del gobierno local, mientras que el Instituto Nacional Electoral (INE) organizará la Asamblea Constituyente, que creará la Constitución capitalina.
¿Qué sigue una vez decretada la Reforma Política?
** El INE tendrá 15 días de margen para lanzar la convocatoria destinada a conformar la Asamblea Constituyente, luego que el Ejecutivo federal publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la declaratoria de constitucionalidad.
** Esta Asamblea será la responsable de redactar la Constitución bajo la cual se regirá el gobierno de la entidad 32 del país, a partir del año 2018.
** La Asamblea Constituyente será designada en junio, para iniciar funciones el 15 de septiembre y concluir las discusiones el 31 de enero del 2017, de manera que el nuevo ordenamiento entre en vigor en septiembre del 2018.
** Miguel Ángel Mancera, jefe de gobierno del DF tendrá que presentar a la Asamblea Constituyente una propuesta de Constitución local, debido a que él fue el promovente de la iniciativa de Reforma Política aprobada por el Congreso.
¿Cómo se dará el cambio a ciudad de México?
** El decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, por lo que a partir de esa fecha la capital del país dejará de llamarse Distrito Federal, para ser remplazada por ciudad de México.
** A partir de la fecha de entrada en vigor de este decreto, todas las referencias que en esta Constitución y demás ordenamientos jurídicos se hagan al Distrito Federal deberán entenderse hechas a la Ciudad de México”, especifica el artículo 14 transitorio de la reforma.
Fuente: El Universal