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En Contexto

Deuda de estados: cuáles son las propuestas

por Aletia Molina agosto 18, 2015
agosto 18, 2015
Deuda de estados: cuáles son las propuestas

La Ley de Disciplina Financiera para los estados, propuesta por el presidente, Enrique Peña Nieto, incluye un fondo para desastres naturales y un sistema de alertas de deuda

Los estados deberán ahorrar en un fideicomiso para resolver los daños a la infraestructura causados por desastres naturales, si es aprobada la iniciativa de Ley de Disciplina Financiera para los estados, misma que propone un sistema de alertas que dividirá a las entidades por su nivel de endeudamiento.

El artículo 9 de la iniciativa sugiere la previsión de recursos para mitigar el daño a su población ante imprevistos naturales, mismo que se basará en un porcentaje creciente desde el primer año de aplicación de la normativa y que finalizará en un 0.15 por ciento de su gasto total como mínimo.

“Los recursos aportados deberán ser destinados, en primer término, para financiar las obras y acciones de reconstrucción de la infraestructura estatal aprobadas en el marco de las reglas generales del Fondo de Desastres Naturales, como la contraparte de la entidad federativa a los programas de reconstrucción acordados con la Federación”, explica el texto enviado ayer a la Cámara de Diputados.

La iniciativa propone también un Sistema de Alertas que clasificará en tres a los estados, dependiendo de su nivel de endeudamiento: Bajo endeudamiento estable, endeudamiento en observación y endeudamiento elevado.

De aprobarse la propuesta, los estados con un endeudamiento estable serán representados por aquellos con “Techo de Financiamiento” de hasta el 10 por ciento de sus ingresos de “libre disposición”.

Un endeudamiento en observación tendrá como Techo de Financiamiento el equivalente al 5 por ciento de sus ingresos de libre disposición, y… un nivel de endeudamiento elevado no contará con un Techo de Financiamiento

Si el Poder Ejecutivo de un estado, un gobierno municipal o cualquier entidad pública entra en esta última situación será sometida a obligaciones específicas de pago.

Deberá firmar un convenio con la Federación o el estado, según sea el caso, para establecer obligaciones específicas de responsabilidad hacendaria

Lo anterior, con independencia de que, en el caso de los estados y los municipios, se otorgue o no la garantía del gobierno federal a través de la Deuda Estatal Garantizada, expone el artículo 46 de la propuesta de ley.

Limita también el crecimiento en el gasto de la nómina a un máximo del porcentaje del crecimiento del PIB nacional o bien, un 3 por ciento real. Del dato que resulte menor.

El mismo escrito propone en su artículo 7 que los estados tengan margen para endeudarse en caso de que la economía nacional se desacelere, lo que se reflejaría en una caída real del PIB.

 

Además obligaría a los estados a pagar los créditos de corto plazo a más tardar tres meses antes de que finalicen. Contempla que los créditos que se pidan deben ser usados para inversión productiva.

También contempla la existencia de un Registro Público Único para inscribir y transparentar la totalidad de las obligaciones de los gobierno locales.

La iniciativa de Ley también contempla que la Federación otorgue su aval, con el único objetivo de apoyar a los estados y municipios a reducir la tasa de interés de sus créditos, a cambio de generar convenios de disciplina financiera.

Se busca que los estados identifiquen los riesgos relevantes para sus finanzas públicas, acompañados de propuestas para enfrentarlos.

Sobre las Asociaciones Público Privada, como mecanismo para promover la inversión se establece que los entes públicos que contraten deberán consideran provisiones en sus presupuestos para hacer frente a esos compromisos.

En materia de subsidios las entidades deberán identificar la población objetivo, el propósito o destino principal de estos apoyos y deberán hacer pública esa información en internet.

Fuente: El Financiero

 

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deudaestadosfideicomisofinanciamientoFONDENLey de Disciplina FinancieraPIB

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