Los ministros de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinaron que es legal el impedimento solicitado por Ricardo Salinas Pliego, dueño de Grupo Elektra, en contra de la ministra Lenia Batres Guadarrama para que se abstenga de resolver un amparo promovido contra la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
Por unanimidad, los ministros Javier Laynez Potisek, Jorge Pardo Rebolledo y Yasmín Esquivel Mossa, aprobaron el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán que propuso que es legal el impedimento solicitado luego de diversas declaraciones hechas por la ministra Batres contra el empresario.
Cabe señalar que el ministro Pardo Rebolledo, integrante de la Primera Sala, se incorporó únicamente para resolver este impedimento.
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En noviembre de 2024, Salinas Pliego presentó el recurso contra la ministra Batres Guadarrama para que se le declarara impedida para conocer el amparo en revisión 492/2023, el cual había sido turnado a su ponencia, por diversos tuits publicados por la ministra entre 2017 y agosto de 2024.
El empresario promovió en 2021 un amparo en contra de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), instituciones que solicitaron información relativa a los contratos, préstamos, créditos y servicios a su nombre desde 2012 hasta esa fecha.
El dueño de Grupo Elektra consideró que se violó el principio del secreto bancario y fiscal, se invadieron facultades exclusivas del Ministerio Público y que la información obtenida no debía generar ningún efecto al ser obtenida inconstitucionalmente. También reclamó que la UIF haya iniciado la investigación en su contra a base en la nota periodística que reveló los Pandora Papers.
Al respecto, un juez federal amparó a Salinas Pliego para que diversos artículos de la Ley de Instituciones de Crédito y la Ley del Mercado de Valores no le fueran aplicables.
En respuesta, la presidencia de la República, la Procuraduría Fiscal de la Federación y la UIF promovieron el recurso de revisión que llegó a la Corte y que fue turnado a la ministra Batres.
En el proyecto presentado y hecho público por la SCJN, la ministra Batres Guadarrama propuso a sus compañeros de la Segunda Sala revocar la sentencia del juez de distrito al considerar que el amparo es improcedente contra la comunicación entre autoridades administrativas con el fin de recabar información financiera.
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Luego de la votación de este impedimento y que se retirara el ministro Pardo Rebolledo, el ministro Laynez Potisek solicitó determinar si existía quorum para continuar la sesión.
Sin embargo, la secretaria de acuerdos informó que la ministra Batres se presentó a la sesión privada que inició a las 11:42 de la mañana, pero se retiró a las 12:25 del medio día y no se presentó a la sesión pública, por lo que se tuvo que suspender por falta de quorum.
Por otra parte, los ministros de la Primera Sala aprobaron por unanimidad el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá que propuso desechar otro impedimento solicitado por Grupo Elektra en contra del ministro Alberto Pérez Dayán para conocer de un recurso de reclamación promovido por la Secretaría de Hacienda contra la admisión de otro amparo directo en revisión.