El gobierno de la Ciudad de México oficializó la reapertura de zoológicos al incluirlo en Aviso por el que se da a conocer el color del Semáforo Epidemiológico capitalino publicado en la Gaceta Oficial.
Si bien el anuncio de dio a conocer en días previos, en la publicación del documento oficial se establece que el regreso es a partir de este sábado 13 de marzo con un aforo permitido de 30%.
Los horarios establecidos son: el zoológico de Chapultepec y de Aragón de 10:00 a 15:00 horas, de martes a domingo.
El de Los Coyotes, desde las 06:00 horas a las 15:00 horas, de lunes a domingo.
En el aviso publicado en Gaceta se especifican medidas anunciadas ayer por el gobierno de la Ciudad como son la reapertura.
Por ejemplo, en los casinos y centros de apuesta que reabrirán con un aforo de 20% y cierre a las 20:00 horas, se indica que queda prohibida la venta y consumo de bebidas alcohólicas al interior del establecimiento y se deberán reemplazar y desinfectar las fichas, cartas, dados o cualquier otro material que se emplee después de cada juego.
También se deberá desinfectar antes y después de cada juego las superficies con las que las personas tengan contacto y las demás áreas de uso común.
Mientras que en los boliches, con un aforo del 20%, en un horario de servicio hasta las 20:00 horas, únicamente se permiten grupos de máximo 6 personas por pista.
La jefa de gobierno, Claudia Sheinbaum, anunció que el semáforo en la Ciudad de México se mantiene en naranja, pero por la baja de hospitalizaciones, se está más cerca del amarillo. Por ello se anunciaron más reaperturas como parques de diversiones y ampliaciones de restaurantes y plazas comerciales
En tanto, en la Gaceta Oficial, se oficializa la entrada del programa Reabre que permite a antros y bares operar como restaurantes.
“El Instituto de VerificaciónAdministrativa, en coordinación con las demás autoridades competentes de la Ciudad de México, realizarán las actividades de supervisión y vigilancia a las actividades que se encuentren operando, a efecto de comprobar el cumplimiento de las medidas sanitarias generales y específicas de protección a la salud establecidas para cada sector.
“En caso de que en las visitas de supervisión y vigilancia se constate algún incumplimiento, la autoridad verificadora ordenará la suspensión temporal total o parcial de la actividad hasta por 15 días naturales, sin perjuicio de cualquier otra sanción que corresponda”, refiere el documento.
Fuente: El Universal