La cobranza extrajudicial es ya un delito penal y federal que amerita cárcel y multas por parte de quienes realicen estas malas prácticas de recuperación de créditos.
Este jueves en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó la reforma en materia penal referente a la cobranza extrajudicial, en donde ya entraron en vigor las penas de dos a cuatro años de prisión y multas que van de 50 mil a 300 mil pesos.
De acuerdo con la reforma aprobada por el Congreso, se adicionó el artículo 248 Bis al Código Penal Federal, con el capítulo de ‘Amenazas y Cobranza Extrajudicial Ilegal’ en donde se especifican las sanciones.
Además, serán agravantes si se utilizan documentos o sellos falsos, por lo que la pena y la sanción económica aumentarán en una mitad.
Para aquellos despachos que incurran en usurpación de funciones o de profesión, se aplicarán las reglas del concurso de delitos señalado en el Código Penal Federal, según quedó establecido en el decreto publicado.
Se entiende por cobranza extrajudicial ilegal el uso de la violencia o la intimidación ilícitos, ya sea personalmente o a través de cualquier medio, para requerir el pago de una deuda derivada de actividades reguladas en leyes federales, incluyendo créditos o financiamientos que hayan sido otorgados originalmente por personas dedicadas habitual y profesionalmente a esta actividad, con independencia del tenedor de los derechos de cobro al momento de llevar a cabo la cobranza.
Se aclara también que se considerará como intimidación ilícita informar aquellas consecuencias posibles y jurídicamente válidas del impago o la capacidad de iniciar acciones legales en contra del deudor, aval, obligado solidario o cualquier tercero relacionado a éstos cuando sean jurídicamente posibles.
Mario Di Costanzo, presidente de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) explicó que desde hace un año registran las malas prácticas a través del Redeco (Registro de Despachos de Cobranza), y que en todas las delegaciones establecerán un protocolo de actuación para orientar al quejoso.
Actualmente hay 21 causas en el Redeco de las cuatro que caen en presunción del delito, por lo que cuando el usuario ubique alguna causal, se le informará en el portal donde además de tramitar la queja, tendrá que acudir a una delegación de la Condusef para ser orientado y que realice la denuncia ante la Procuraduría General de la República, explicándole que presente pruebas, pero en cualquier caso la denuncia no exime al usuario del pago de la deuda porque la acusación es contra la acción de cobranza.
Fuente: El Financiero