La Secretaría de Medio Ambiente capitalina dio a conocer el Programa para Contingencias Ambientales Atmosféricas (PCAA) en la Ciudad de México, el cual entrará en vigor desde mañana.
El aviso, publicado hoy en la Gaceta Oficial, indica que este programa integra una serie de medidas que se aplican para reducir los niveles de contaminación en el aire, cuando se presentan altas concentraciones de ozono (O3) o de partículas suspendidas menores a 10 micrómetros (PM10) que ponen en riesgo la salud.
Las actividades de este programa son de carácter obligatorio para las dependencias del Gobierno de la Ciudad de México y sus 16 delegaciones, para las estatales y federales, para la sociedad en general, así como para los propietarios de vehículos automotores, las industrias, comercios y servicios asentados en la capital del país.
Su objetivo es definir el mecanismo por el cual se activan las fases del programa mediante la Comisión Ambiental de la Megalópolis, en coordinación con los gobiernos de la Ciudad de México, del Estado de México y el federal, así como las acciones a implementar para controlar las emisiones contaminantes.
El documento expone que la Comisión Ambiental de la Megalópolis, en coordinación con las secretarías del Medio Ambiente capitalina y mexiquense, mantendrán una vigilancia continua sobre el estado de la calidad del aire.
Señala que se declarará la activación del Programa para Contingencias Ambientales Atmosféricas en la fase que corresponda cuando las mediciones de ozono o PM10 reportados por el Sistema de Monitoreo Atmosférico de la Ciudad de México (Simat) registren los valores establecidos.
La fase 1 del programa se activa cuando tanto el ozono como las partículas suspendidas se encuentren en 150 puntos o más, mientras que la fase 2 entrará cuando se registren 200 puntos de esos contaminantes, y se desactiva cuando es menor de 150.
Para la declaratoria de activación se considerarán los valores de la calidad del aire más altos registrados por el Simat en la fase que corresponda, en cualquiera de las cinco zonas en que se divide la Zona Metropolitana del Valle de México: noreste, noroeste, centro, sureste y suroeste.
La activación de la contingencia se decretará en el transcurso de la hora siguiente al registro de los valores establecidos; además, para el caso de las PM10, cuando los valores se registren entre las 22:00 y las 06:00 horas, el aviso se deberá realizar a más tardar a las 10:00 horas de la mañana.
Con este documento, queda sin efectos el aviso por el que se da a conocer el Programa para Contingencias Ambientales Atmosféricas en la Ciudad de México publicado el 1 de julio de 2016.
Fuente: El Universal