La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) consideró que sancionar a los medios de comunicación por no hacer un “uso adecuado del lenguaje”, viola la libertad de expresión.
Durante la sesión del Pleno de la Corte, los ministros votaron seis contra cinco por declarar inconstitucional obligar a los medios electrónicos a propiciar el uso correcto del lenguaje porque esto supone un acto de censura.
El criterio derivó de una contradicción de tesis resuelta este jueves sobre el artículo 222 fracción IX, de la Ley Federal de Radiodifusión y Telecomunicaciones, en la que el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena propuso declarar que el precepto restringe injustificadamente la libertad de expresión, por lo que es inconstitucional.
En su intervención, el ministro presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea destacó que México no tiene un idioma oficial y que el lenguaje se usa
diferente en las diversas regiones del país, por lo que una norma de este tipo que supone establecer una especie de “policía del lenguaje” para vigilar su cumplimiento, resulta “aberrante e inconstitucional”.
La mayoría de los ministros coincidieron con la postura de Zaldívar, quien agregó que el idioma no es estático sino que está en constante evolución y que sancionar un uso incorrecto del mismo en radio y televisión es un acto de censura.
El fallo de este jueves tiene la categoría de jurisprudencia porque derivó de una contradicción de tesis, por lo que una vez publicado el engrose
los juzgadores federales de todo el país no podrán avalar las sanciones a los concesionarios de radio y televisión que incumplan con el precepto declarado inconstitucional.
Inconstitucional imponer el deber de propiciar el uso de lenguaje correcto en la programación que se difunde a través de radiodifusión o televisión y audio restringidos porque es una limitación injustificada a la libertad de expresión. pic.twitter.com/kxINy3Y0BP
— Suprema Corte (@SCJN) April 30, 2020
Fuente: El Universal