Tras 26 años, Carlos Romero Deschamps renunció al Sindicato petrolero, por lo que Manuel Limón Hernández, quien fungió como tesorero del gremio de 2007 a 2018, es el nuevo Secretario General, según fuentes del organismo.
Luego de la asamblea de dos horas realizada a puerta cerrada en la sede del STPRM, fuentes informaron que el funcionario del Comité Ejecutivo General fue elegido en ese cargo con base en los estatutos.
Las fuentes dijeron a REFORMA que el nuevo líder tenderá los puentes con Petróleos Mexicanos (Pemex) para no afectar el desarrollo de la empresa.
Se estableció que en la encerrona Romero Deschamps dimitió a su cargo, en medio de protestas de algunos líderes seccionales que le exigieron resistir a «los embates del Gobierno federal».
«¡Resiste Carlos!», le gritaron.
No obstante, la renuncia fue entregada al Comité de Vigilancia que encabeza Fernando Navarro.
De manera oficial el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM) no se ha dado una postura sobre la plenaria.
Manuel Limón Hernández fue tesorero del Sindicato petrolero de 2007 a 2018.
Romero Deschamps sale del Sindicato para enfrentar denuncias por lavado de dinero y enriquecimiento ilícito
Conforme a datos obtenidos, Romero Deschamps suma nueve denuncias ante la Fiscalía General de la República, algunas de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y una de la Secretaría de la Función Pública (SFP).
Los informes consultados refieren que la UIF presentó sus querellas por un presunto lavado de Romero Deschamps y familiares por alrededor de 74 millones de pesos.
En el caso de la denuncia de la SFP, se trata de un presunto enriquecimiento ilícito de 36 millones de pesos, a través de operaciones en tarjetas bancarias y dinero en efectivo, entre 2012 y 2018.
Disidentes se manifestaron contra los resultados de esta plenaria y exigieron que se lleve a cabo una Convención Nacional para realizar una elección con voto secreto, libre y directo.
De acuerdo con los estatutos, en el apartado titulado «Procedimientos para Renuncias de Funcionarios», el Consejo General de Vigilancia será el que dictaminará si acepta o no la dimisión.
Este dictamen se hará del conocimiento de todas las secciones, las que, previo acuerdo de asamblea, aprobarán o desecharán el dictamen en un término no mayor de 30 días, contados a partir de la fecha en que reciben el dictamen.
El Consejo General de Vigilancia cumplirá con el acuerdo que adopten las secciones y que represente las dos terceras partes de los socios del Sindicato.
Se especificó que el silencio de cualquier Sección se considerará como aceptación al dictamen.
Respecto a quien asumiría las riendas, el artículo 150 especifica que por cada secretario integrante del Comité Ejecutivo General, será designado un secretario suplente de la misma Sección del titular que asumirá en caso de ausencia.
Se detalla que si la ausencia es temporal hasta por 30 días, la Secretaría vacante será atendida por el funcionario que corresponda según el orden establecido, pero si es mayor a 30 días el Comité Ejecutivo General determinará si debe llamarse al suplente o se distribuyen las labores del ausente entre diversos funcionarios.
Si ésta es definitiva, el Comité Ejecutivo General llamará al suplente para que ocupe la vacante respectiva y dicho funcionario suplente durará en su cargo hasta la terminación del ejercicio ordinario.
Fuente: Reforma