La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) ha restringido 37 centros de trabajo por tener daños en sus instalaciones derivadas del sismo del 19 de septiembre, de estas 26 son parciales y 11 son totales.
Entrevistado al término de la XXIV Reunión Anual de Industriales, Alfonso Navarrete Prida, titular de la STPS señaló que desde el sismo de la semana pasada han recibido mil 300 quejas relacionadas con daños en los centros de trabajo, aseguró que la mayoría de los desperfectos no son graves; enfatizó que hasta el momento no han detectado pérdida de empleo derivado del movimiento telúrico.
“No tenemos perdida de empleo detectada, sí tenemos situaciones de contingencia en centros de trabajo, donde la ley protege al trabajador, ante una situación de emergencia la ausencia temporal al trabajo no es causa de despido, al contrario se permite al trabajador tener su salario completo, y es una ausencia justificada, no hemos tenido reporte de perdida de empleo”, dijo.
Los centros de trabajo a los que se les aplicó la restricción total son Casa Parisinas sucursal Nezahualcóyotl; Distribuciones Sagaji en Coyoacán, Farmacias Benavides sucursal Centro; Grupo Universitario de Puebla en Coyoacán; Interdiseño Inteligente S.A. de C. V. en la delegación Cuauhtémoc; Mundo de Iluminación Especializada, en la colonia Condesa, entre otros.
Entre los que tienen restricción parcial están el Centro Médico Dalinde, ubicado en la calle de Tuxpan número 25, colonia Roma Sur; Cresta Narvarte, de avenida Cuauhtémoc, número 548, en la colonia Narvarte Poniente; Crédito Familiar S.A. de C.V., en Polanco; Ferrecorrrecaminos S.A. de C.V., en Xochimilco y el hotel Fontan Reforma, colonia Centro.
Recordó que los patrones no pueden obligar a los trabajadores a presentarse a los centros de trabajo si el edificio se encuentra en condiciones de riesgo, o enfrenta peligros en el trayecto a su empleo.
Al instalar un centro de acopio en el edificio de la STPS del Ajusco, Navarrete Prida comentó que la Ley Federal del Trabajo establece con “claridad” las causas de fuerza mayor, en ese caso los empleados deberán justificar las razones por las que no pudieron llegar al trabajo, lo cual no puede ser motivo para que tengan problemas laborales.
“Si hay imposibilidad de su casa al centro del trabajo y por lo tanto no se puede presentar a trabajar por una imposibilidad mayor en el lugar de la vivienda no se considera falta injustificada, si por alguna razón un patrón no queda satisfecho con la información de esta condición de causa de fuerza mayor, toda la STPS estará en la disposición de apoyar al trabajador y su familias”, dijo.
De acuerdo con la STPS, los patrones que no acaten las reestricciones en los centros laborales que fueron afectados por el sismo de 7.1 grados del 19 de septiembre podrían alcanzar una multa de hasta 500 salarios mínimos e incluso podrían ser sometidos a una sanción penal según el caso.
Los patrones no pueden obligar a los empleados a asistir a un centro de trabajo en el cual se haya verificado cuyos daños representen un peligro para quienes ahí laboran, lo cual se establece en la Ley Federal del Trabajo en los artículos 51, 65, 66, 67, 132 fracción 6 y 24, así como en el 135 en su fracción 2.
Los trabajadores pueden emitir una queja a los números: 56452216, o bien el 30002700 extensión 65338; también pueden aclarar dudas al 59982000.
Fuente: El Universal