«Resulta de interés a la sociedad, a comerciantes y a empresarios conocer la forma en que se calculan las tarifas eléctricas, en la modalidad de hogar, negocio e industria», mencionó el comisionado Guerra Ford.
Aseguró que este tipo de información favorece la rendición de cuentas sobre las adecuaciones que, a partir de la Reforma Energética, la empresa productiva del Estado deberá llevar a cabo para estar en posibilidades de participar en el mercado eléctrico, de manera competitiva. Durante su exposición, dijo que el particular que solicitó la información se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el Instituto, porque la CFE señaló que, a partir de la Reforma Energética, la definición y el cálculo de las tarifas aplicadas al mercado eléctrico corresponden a la Comisión Reguladora de Energía.
“El solicitante argumentó que la Comisión debe conocer la fórmula y los tabuladores para calcular las tarifas, aunque no las determine. En alegatos, la CFE explicó en qué consiste la tarifa por el suministro de energía eléctrica para uso doméstico y la manera en que se lleva a cabo la toma de lectura y la facturación».
En el análisis del caso, se advirtió que la Comisión es competente para conocer la información solicitada, ya que a la fecha se encarga de efectuar el cobro de dicho servicio, mediante recibos cuyo monto a pagar, es el resultado del cálculo de las tarifas por el suministro y la venta de energía eléctrica.
Se determinó que entre las unidades administrativas competentes para conocer la fórmula y los tabuladores requeridos, se encuentran la Coordinación Comercial, a la cual le corresponde, entre otras funciones, establecer las políticas, normas y lineamientos generales que regulan la venta y el cobro de energía eléctrica.
Fuente: Milenio