A través de un comunicado, el Tribunal informó que en relación a la liberación de Raúl Martínez Gutiérrez, quien fuera procesado por el delito de secuestro, en contra de tres personas, deriva del amparo interpuesto por Raúl Martínez Gutiérrez, ordenada a la Quinta Sala Penal declarar nulas las pruebas originadas en la detención del quejoso, o las que se encontrasen vinculadas a dicho acto.
Al determinar que constituían prueba ilícita, y haber sido obtenidas en contra del régimen constitucional. Los efectos del amparo concedidos a Martínez Gutiérrez por el Poder Judicial de la Federación, asimismo ordenaban que la Quinta Sala Penal, estudiara los medios de prueba y determinasen si resultaba suficiente e idóneo para acreditar la culpabilidad; de resultar insuficientes ordenaba la ejecutoria del Sexto Tribunal en Materia del Primer Circuito, la Quinta Sala debería proceder a absolver al quejoso y ordenar su libertad.
Así los magistrados integrantes de la Quinta Sala Penal, al analizar las pruebas subsistentes, las que quedaron, una vez desestimadas las relacionadas con la detención o vinculadas a ese acto, tal como lo ordenó el Tribunal Colegiado en Materia del Primer Circuito, absolvieron a Martínez Gutiérrez, al no ser suficiente el arsenal convictivo resultante.
Fuente: Radio Fórmula