Este viernes 12 de diciembre entró en vigor la Ley General de Aguas, tras su publicación el jueves en el Diario Oficial de la Federación (DOF). La nueva legislación reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales.
La Ley es reglamentaria del artículo 4, párrafo octavo, de la Constitución en materia del derecho humano al acceso, disposición y saneamiento del agua para consumo personal y doméstico. Establece las bases, apoyos y modalidades para su acceso, uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, así como su interdependencia con otros derechos humanos.
Además, distribuye competencias y establece los casos de concurrencia entre la Federación, entidades federativas y municipios en la gestión del agua.
El principal objetivo de esta legislación es definir el contenido del derecho humano al agua y establecer las disposiciones que garantizan su acceso equitativo y uso sustentable. También busca promover, respetar, proteger y garantizar el derecho humano al agua para consumo personal y doméstico, en concordancia con la Constitución y los tratados internacionales en materia de derechos humanos.
La normativa establece las instancias, instrumentos y procedimientos para la participación de los tres niveles de gobierno en la tutela del derecho humano al agua. Define mecanismos e instancias de participación ciudadana en el acceso equitativo y uso sustentable del agua.
Otro punto fundamental es garantizar el acceso equitativo y sustentable a los servicios públicos de agua y saneamiento, fortaleciendo las bases de su operación. La ley establece las bases de políticas públicas que garanticen las perspectivas de género, discapacidad, interculturalidad, intergeneracional, ecosistémica y etaria.
