El Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, Juan Pablo Gómez Fierro, dio un duro revés a la pretensión del gobierno federal de impedir la entrada al mercado de electricidad a dos empresas eólicas de Oaxaca.
La decisión judicial no sólo protege los derechos de las empresas Desarrollos Eólicos Mexicanos de Oaxaca y Desarrollos Eólicos Mexicanos de Oaxaca 2, quienes promovieron el amparo con expediente 128/2020, sino que al hacerlo también se benefician todas las empresas dedicadas a la producción de electricidad ya sea por aprovechamiento solar o del viento.
El juzgador indicó que el fallo debe tener efectos generales, ya que de otorgar la protección constitucional con efectos concretos para las quejosas, se les estaría otorgando una ventaja competitiva frente a los demás participantes del mercado eléctrico mayorista, lo que podría ocasionar distorsiones en dicho mercado, afectando la competencia y el desarrollo del sector.
Agrega que el criterio de la sentencia, para que sea de carácter general, es que al aplicarse la ley, conforme a la Constitución, debe “modularse” para que todos los participantes del mercado puedan beneficiarse de la eliminación del acuerdo del Cenace y cumplir con los objetivos Constitucionales de permitir una mayor participación de agentes económicos que permitan lograr el desarrollo eficiente y competitivo de los mercados, en beneficio de los usuarios finales y de la población en general”.
El Cenace emitió el 29 de abril del presente año, el acuerdo para garantizar la eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional con motivo del reconocimiento de la pandemia por covid-19, porque aseguró que los usuarios finales habían reducido el consumo de energía eléctrica, lo que generó una disminución de la demanda.
El juzgador indicó que el órgano competente para expedir y aplicar la regulación necesaria para tal efecto era, en todo caso, la Comisión Reguladora de Energía, y no el Cenace.
El Cenace señaló que la generación intermitente de las centrales eléctricas eólicas y fotovoltaicas afecta la confiabilidad del Sistema Eléctrico Nacional, o no contribuyen en la regulación primaria del control de la calidad de la frecuencia.
No obstante, el juez subrayó que lo anterior no se acreditó ni se demostró cómo es que esto ocurre, y mucho menos se advierte cuál es la relación entre ello y las fallas de red.
Fuente: La Razón
2 comentarios
Felicidades al Juez Juan Pablo Gómez Fierro por su acertada sentencia. Ojalá se sotenga y no la rebote el Poder Ejecutivo.
felicidades a los jueces