La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) denunció penalmente a quien fuera uno de los fotógrafos de su staff, por la sesión de fotos en lencería de la modelo Katya Vega, en Palacio Nacional, sin embargo, la Fiscalía General de la República (FGR) resolvió que no hay delito qué perseguir.
La Delegación Metropolitana de la FGR resolvió archivar la carpeta de investigación con motivo de la denuncia presentada contra Erick Omar Orozco Rodríguez, al estimar que no existen elementos para judicializar el caso por el delito de ejercicio ilícito del servicio público.
El 26 de abril de 2018 REFORMA informó que Katya Vega, una modelo de fajas, había difundido en sus redes sociales una sesión de fotos en la Capilla de la Emperatriz en Palacio Nacional. En una de ellas, aparece sentada sobre un piano Baldwin.
Hacienda cesó a los empleados responsables de su ingreso y los denunció ante el Ministerio Público Federal, que un año más tarde de los hechos decidió no judicializar el caso.
La SHCP impugnó el no ejercicio de la acción penal ante un juez de control del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Oriente, sin embargo, éste confirmó el «carpetazo» porque estimó que no hay pruebas de daños al patrimonio del Palacio Nacional.
Hacienda parece estar dispuesta a ir hasta las últimas consecuencias contra Orozco, quien según algunas publicaciones fue uno de los despedidos tras el incidente de #LadyLencería.
Ahora, en un nuevo intento por reactivar el caso y obligar a que la FGR lleve a proceso al fotógrafo, la SHCP presentó un amparo contra la determinación de archivar el expediente.
Jesús Alberto Chávez Hernández, Juez Décimo Tercero de Distrito en Amparo Penal, admitió la demanda del organismo hacendario, que no solicitó suspender el «carpetazo».
El juzgador acordó llevar a cabo el jueves pasado la audiencia constitucional para dictar sentencia en el amparo.
La modalidad del delito que le atribuyeron al fotógrafo es la del funcionario que propicia el daño a lugares e instalaciones u objetos, pese a que por razones de empleo tiene la obligación de protegerlos o vigilarlos. Se castiga con 2 a 7 años de prisión y 30 a 150 días multa.
El ilícito no tiene prevista la prisión preventiva oficiosa y su penalidad va de dos a siete años de prisión y de treinta a ciento cincuenta días multa, aunque la pena corporal puede ser conmutada.