El Congreso de la Unión declaró aprobado al artículo 19 en materia de prisión preventiva oficiosa para incluir nueve delitos más como causales de privación de la libertad, entre ellos robo de hidrocarburos, feminicidio, corrupción y delitos electorales.
La reforma fue avalada en los Congresos locales de Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Ciudad de México, Colima, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tlaxcala, Veracruz y Yucatán, con lo que se superó el mínimo de 17 Legislaturas para declarar la constitucionalidad.
La declaratoria fue emitida por el presidente de la Mesa Directiva, Porfirio Muñoz Ledo, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 la Constitución Política y se turnó al Senado, en donde el presidente de la Cámara Alta, Martí Batres emitió la declaratoria por la que se reforma la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de prisión preventiva oficiosa.
La reforma constitucional se remitió al Ejecutivo Federal para su publicación.
Fuente: Excélsior