La Jueza Martha Magaña López, del Juzgado Quinto de Distrito en Morelos, frenó por tiempo indefinido la discusión y aprobación de la reforma judicial, en una nueva disposición judicial.
Pese al amago de juicio político entre otras acusaciones en su contra por parte de algunos diputados la Juzgadora concedió la suspensión definitiva e instruyó a los legisladores abstenerse de enviar el decreto a los congresos locales para su aprobación.
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En el expediente judicial 1251/2024, la jueza observó que: “La suspensión sea procedente atento al peligro en la demora, pues en el momento que se encuentra el proceso legislativo, esto es ante el proyecto de iniciativa de reforma constitucional que será votado en la Cámara de Senadores para posterior a ello ser avalado en las legislaturas locales, es factible suspender el acto reclamado para analizarlo, a la luz de las inconformidades de los quejosos, al no haberse materializado”.
La Impartidora de Justicia expresó que, de negarse a la medida cautelar, en el momento de concretarse la reforma, las y los juzgadores quedarían en estado de indefensión si eventualmente fueran separados de sus cargos, además de que sería imposible restituirlos en el goce de sus derechos.
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La Fiscalía General de la República (FGR) impugnó la suspensión provisional que les concedió Martha Magaña a cuatro juzgadores que interpusieron el recurso, quienes impugnaron el artículo 186 del reglamento de la Cámara Baja, así como la discusión y aprobación del dictamen.
El sábado pasado, Martha Eugenia Magaña López aprobó una suspensión provisional en el mismo asunto para que no se discutiera la reforma lo que se consideró que poder judicial no puede ir contra un congreso constituyente por la mayoría calificada.
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La impartidora de justicia ordenó turnar el recurso de queja a un Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa, el cual posiblemente lo desechará, debido a que ya se otorgó la suspensión definitiva.
Asimismo, el Tercer Tribunal en materia Penal y Administrativa con residencia en Cuernavaca, Morelos, desechó el recurso de queja que interpuso un particular para impugnar la misma resolución, la cual se mantiene.