Senado aprobó la reforma a la Ley de Amparo que prohíbe las suspensiones con efectos generales contra leyes, es decir, para que los jueces no detengan obras o normas de forma cautelar ante posibles violaciones de derechos humanos.
Con 69 votos a favor, 42 en contra y cero abstenciones, la reforma votada se dio en los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo, la cual limita a los jueces conceder suspensiones provisionales o definitivas con efectos generales cuando conozcan de amparos contra leyes expedidas por el Congreso o Congresos estatales.
En el dictamen aprobado se destaca que se trata de una medida que permitirá garantizar «el respeto irrestricto a la separación de poderes» y, fundamentalmente, el principio de presunción de constitucionalidad de las leyes.
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También se subraya que el juicio de amparo es un medio de control constitucional contra los actos emitidos con motivo del ejercicio de poder.
Sin embargo, el proyecto acota que «no debe ser utilizada como un mecanismo que limite el actuar y la función de un Poder constituido en detrimento de otro».
Senadores de los partidos de oposición señalaron que con la ley de Amparo se busca blindar las polémicas megaobras del presidente Andrés Manuel López Obrador.
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Mientras que los legisladores de Morena cuestionaron a jueces por frenar obras polémicas como el Tren Maya o reformas como la Ley de la Industria Eléctrica durante la presidencia de Andrés Manuel López Obrador, ante juicios de amparo que han presentado agrupaciones de ambientalistas, indígenas y empresarios.
La reforma, precisó el Senado en un comunicado, adiciona un último párrafo al artículo 148 y deroga el último párrafo del artículo 129 de dicho ordenamiento para eliminar el amparo, «en aquellos casos que excepcionalmente concedía la suspensión, si a su juicio con la negativa de la medida suspensional pudiera causarse mayor afectación al interés social». La iniciativa ahora debe votarse en la Cámara de Diputados. EFE