La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió por unanimidad de votos, dos medidas cautelares en contra del partido político Movimiento Ciudadano (MC). Una solicitada por el Partido Acción Nacional (PAN) y la otra por MORENA, respectivamente, por el probable uso indebido de la pauta, en el marco del Proceso Electoral Federal 2023-2024.
El PAN denunció la difusión del promocional identificado como SONORA ROMPER en su versión para televisión, pues considera que se confunde al electorado al realizar promoción del candidato utilizando otro nombre.
En el segundo caso, MORENA denunció que, en 33 promocionales de televisión, se omite mencionar de forma auditiva la calidad de las candidaturas que se promueven, lo que podría vulnerar el artículo 91, numeral 4 de la Ley General de Partidos Políticos.
El colegiado resolvió, en ambos casos, que es improcedente ordenar la suspensión de los materiales denunciados pues, en el primer asunto, el uso de un alias o la falta de referencia del nombre completo no necesariamente constituye la difusión de propaganda que pretenda desinformar o engañar a la ciudadanía; mientras que, en el segundo caso, se consideró que, de un análisis preliminar, los 33 promocionales denunciados cumplen con los elementos precisados en la Ley General de Partidos Políticos, tanto de manera gráfica como auditiva. En este caso, además, se negó la tutela preventiva al tratarse de hechos futuros de realización incierta.