El ministro griego de Asuntos Exteriores griego, Giorgos Gerapetritis, firmó el viernes en Washington los «Acuerdos Artemisa», un acuerdo internacional sobre las reglas generales de la exploración espacial y la preparación para el regreso de los humanos a la Luna.
Dentro del proyecto ya hay 34 países colaborando, Grecia, llega, por tanto como el trigésimo quinto país en firmar el acuerdo desde su presentación en 2020.
En palabras de Gerapetritis: «Los acuerdos se basan en la responsabilidad colectiva, la prevención de conflictos, la transparencia y la compatibilidad tecnológica y otras características que deberían facilitar los proyectos espaciales internacionales presentes y futuros, en primer lugar la exploración de la Luna, Marte y otros cuerpos del sistema solar».
¿Qué es el programa Artemisa?
En particular, el programa «Artemis», que dio nombre a los acuerdos, es un programa para establecer una presencia permanente en la Luna. Se trata de una misión liderada por Estados Unidos y basada principalmente en hardware estadounidense.
Pero muchos son los países de todo el mundo que colaboran con ellos bien sea aportando conocimiento, estaciones de seguimiento o valor económico.
España firmó el acuerdo el 30 de mayo de 2023 y con ello se comprometió a seguir sus directivas.
Acuerdos de Artemisa
- Aseverar que las actividades de cooperación en virtud de estos Acuerdos deberán ser ejercidas exclusivamente con fines pacíficos y de conformidad con el derecho internacional pertinente.
- Establecer un compromiso con la transparencia y el intercambio de informacióncientífica, de conformidad con el artículo XI del Tratado sobre el espacio ultraterrestre.
- Establecer el compromiso para llevar a cabo los esfuerzos razonables necesarios para utilizar los estándares de interoperabilidad actuales para infraestructuras espaciales ultraterrestres, trazando nuevos estándares cuando éstos no existan o sean inadecuados.
- Establecer un compromiso para maximizar los esfuerzos durante la prestación de asistencia justificada a personal en peligro desplegado en el espacio ultraterrestre, en virtud de las obligaciones con el Acuerdo de Rescate y Retorno de 1968.
- Especificar responsabilidades para el registro de objetos en el espacio ultraterrestre, de conformidad con el Convenio sobre el registro de objetos lanzados al espacio ultraterrestre de 1974.
- Establecer el compromiso de compartir públicamente cualquier tipo de información relevante sobre sus actividades, así como el libre intercambio de datos científicos. Al hacer esto, los signatarios acuerdan coordinarse entre sí para brindar la protección adecuada sobre cualquier tipo de información propietaria y/o de exportación controlada, no pudiéndose extender esta disposición a operaciones del sector privado salvo si éstas son llevadas a cabo en nombre de uno de los signatarios
- Incluir un acuerdo para preservar el patrimonio del espacio ultraterrestre, entendiéndose por los signatarios que éste patrimonio comprende todo lugar de aterrizaje histórico tripulado o robotizado, artefactos culturales, naves espaciales o cualquier otra evidencia de actividad, y contribuir con los esfuerzos multinacionales necesarios para el desarrollo de prácticas y reglas para lograrlo.
- Incluir un acuerdo para garantizar que la extracción y la utilización de recursos espaciales sea llevada a cabo de conformidad con el Tratado sobre el espacio ultraterrestre y con el apoyo de actividades seguras y sostenibles. Los signatarios afirman que la extracción y la utilización de recursos espaciales no trata de constituir apropiación nacional de ningún tipo, práctica prohibida por el Tratado sobre el espacio ultraterrestre, expresando al mismo tiempo su intención de contribuir a aquellos esfuerzos multilaterales para el desarrollo de sucesivas prácticas y regulaciones internacionales para la consecución de este fin.
- Reafirmar el compromiso de los signatarios con las provisiones reflejadas en el Tratado sobre el espacio ultraterrestre en lo relativo a la debida consideración hacia otras naciones, sin interferencia perjudicial en sus actividades, mientras proveen información relativa a la localización y naturaleza de sus propias actividades espaciales. Los signatarios expresan su intención de contribuir a los esfuerzos multilaterales para el desarrollo sucesivo de prácticas, criterios y reglas para garantizar este compromiso, cuya implementación está prevista en estos Acuerdos a través del anuncio de «zonas seguras», delimitando aquellas operaciones o eventos anómalos que podrían causar una interferencia perjudicial razonablemente justificada. El criterio para determinar el tamaño y alcance de estas «zonas seguras» debería esta fundamentado en la naturaleza del entorno de las operaciones realizadas y razonablemente apoyado por principios científicos e ingenieriles comúnmente aceptados. Cada signatario se compromete a respetar el principio de acceso libre de todos los demás a aquellas áreas de cualquier cuerpo celeste designadas como «zonas seguras», y todas las provisiones establecidas en el Tratado sobre el espacio ultraterrestre
- Incluir un compromiso para mitigar la presencia de basura espacial existente y para limitar la generación de nuevos y nocivos desechos durante el ejercicio de operaciones habituales, fallos de funcionamiento, fases posteriores a la misión y accidentes diversos.
La primera nave espacial no tripulada en órbita lunar fue lanzada en 2022, la primera misión tripulada está prevista para 2025 y el primer alunizaje en 2026.