Ciudad

Estos vehículos no circulan este domingo, por tercer día de contingencia ambiental

Publicado por
Héctor García
La contaminación en CDMX y Edomex no cede. La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) informó que se mantiene la Fase I de contingencia ambiental en la Zona Metropolitana del Valle de México, según indicó en su reporte de las 20:00 horas de este sábado 24 de febrero.

Se espera que estas condiciones continúen durante la mañana del domingo 25 de febrero, lo que mantendrá el cielo despejado en gran parte del Valle de México.

La CAMe explicó que la acumulación de estos factores dificulta la dispersión de contaminantes, lo que resulta en concentraciones más altas de ozono, es decir, muy mala calidad del aire.

¿Qué autos no circulan mañana domingo 25 de febrero?

Debido a que se mantiene la contingencia ambiental para el domingo 25 de febrero, el Doble Hoy Circula seguirá aplicando en las 16 alcaldías de la CDMX y en los municipios del Estado de México. ¿Qué carros se quedan en casa? Toma nota para que este domingo ‘no te agarren en curva’.

Mañana domingo 25 de febrero, deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 17:00 horas:

  1. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación  1, cuyo último dígito numérico sea 0, 2, 4, 6 y 8.
  3. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado azul, terminación de placa 9 y 0 .
  4. Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos,   de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
  5. Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques    estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.
  6. Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del  EDOMEX.
  7. Los taxis con holograma de verificación  “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

Exenciones

    • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
    • Vehículos que porten holograma “00” o “0” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular, si cuentan con engomado diferente al color azul y terminación de placa 9 y 0.
    • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
    • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población
    • Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
    • Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
    • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
    • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
    • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
    • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
    • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
    • Las motocicletas están exentas de la Fase I

Compartir:
Compartir
Publicado por
Héctor García