Un Tribunal Colegiado Federal dejó sin efecto la sentencia de 45 años de prisión imputada en contra de Mario Aburto Martínez, luego de dar cumplimiento a la primera parte del amparo concedido al asesino del excandidato a la Presidencia de la República por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), Luis Donaldo Colosio, en 1994.
“El Tribunal Colegiado amparante ordenó que se aplique el Código Penal de Baja California vigente el 23 de marzo de 1994, que establece como máximo 30 años de prisión al responsable de homicidio calificado, en lugar de aplicar, como sucedió, el Código Penal Federal que considera una sentencia de hasta 50 años”.
En tanto, el tribunal solicitó un plazo de 90 días para dar cumplimiento en su totalidad al fallo, con el que se ordena modificar la pena por el delito de homicidio y en su caso, emitirla conforme a la legislación penal que prevalecía en 1994 en Baja California.
En este sentido, a través de la Lista de Acuerdos del Consejo de la Judicatura Federal, se reveló que dentro del expediente 104/2021, el día ayer, el secretario de Tribunal del Primer Tribunal Colegiado de Apelación, señalo que, “en vía de cumplimiento al fallo protector, se dejó insubsistente la resolución de 22 de diciembre de 1994, emitida en el toca penal 276/1994 de este Circuito”.
➡️ No te pierdas: Mario Aburto promueve amparo por casos de tortura
Por lo anterior, el Tribunal con sede en el Estado de México, quien, dicho sea de paso, fue quien amparó a Mario Aburto e invalidó la condena dictada por el asesinato del candidato del PRI, sólo otorgó 10 días hábiles más, de los cinco que ya había concedido, para que se dé cumplimiento a la sentencia.
Mario Aburto cumplirá 30 años en prisión el próximo mes de marzo, no obstante, si ahora se aplica la norma estatal vigente en la fecha en que ocurrió el homicidio de Luis Donaldo Colosio, el asesino del excandidato podría quedar en libertad en las próximas semanas.