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SCJN invalida en totalidad decreto para clasificar obras de seguridad nacional

Publicado por
Guadalupe Bustamante

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la invalidez total del decreto firmado por el presidente Andrés Manuel López Obrador que declaraba todas las obras prioritarias como de seguridad nacional e interés público. 

En sesión pública este lunes, la SCJN invalidó el también denominado decretazo de López Obrador por seis votos contra cinco.  Se determinó que la invalidez tiene efectos generales y no solo los de competencia del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI). 

Los ministros Norma Piña, Juan Luis Alcántara, Margarita Ríos Farjat, Javier Laynez, Luis María Aguilar y Alberto Pérez Dayán votaron a favor de la invalidez total del decretazo, por lo que ninguna dependencia podrá invocarlo. 

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El pasado 18 de mayo, la SCJN declaró inconstitucional el decreto del presidente López Obrador, que declaraba sus obras prioritarias como de “seguridad nacional”, reservaba información e impedía cualquier obstrucción legal para frenarlas. 

La resolución, que se aprobó por una mayoría de ocho ministros de 11, devino de una controversia constitucional del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai). 

Con este fallo, se quita el blindaje contra amparos y solicitudes de información que había emitido el mandatario en noviembre de 2021 para sus megaproyectos definidos como “prioritarios y estratégicos”.  

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Entre ellos están los más polémicos, como el Tren Maya y la Refinería de Dos Bocas, en el sureste mexicano, y el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles para la capital del país. 

El decreto presidencial, firmado por López Obrador, sostenía que su publicación permitía continuar “con la ruta encaminada a impulsar y consolidar los proyectos que llevarán como Nación a lograr el crecimiento económico y, con ello, lograr el bienestar social”. 

El ministro ponente de este proyecto, Juan Luis González, determinó que este decreto es inconstitucional, ya que obstaculiza e inhibe derechos de los mexicanos como el acceso a la información. 

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Añadió que la norma impulsada por el presidente fue amplia y ambigua, permitía la reserva de información por presuntamente comprometer la seguridad nacional, y dejaba de lado la supervisión del correcto gasto de recursos públicos por la ciudadanía 

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Guadalupe Bustamante