Esta mañana la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) conoció dos solicitudes de medidas cautelares por la presunta violación a la normativa de la Revocación de Mandato, las cuales fueron determinadas como improcedentes.
El primer caso se trata de una denuncia del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en contra de Luis Fernando Vilchis Contreras, Presidente Municipal de Ecatepec, Estado de México, por el presunto uso indebido de recursos públicos, derivado de que en un evento celebrado el 29 de agosto del presente año refirió la creación de estructuras ciudadanas con la intención de difundir logros del actual Gobierno Federal y promover el voto en favor de que el actual Titular del Ejecutivo Federal continúe en el ejercicio en su cargo, lo cual, preliminarmente, vulnera la libertad del voto.
Desde una perspectiva preliminar del asunto, la Comisión determinó improcedente el dictado de medidas cautelares, pues se trata de actos futuros de realización incierta, ya que el proceso de Revocación de Mandato se compone de distintas fases legales, particularmente, que se presente el aviso de intención, se reúnan las firmas que respalden el apoyo de la ciudadanía y se emita la convocatoria correspondiente, mismos que aún no comienzan.
En el segundo asunto, el partido Morena solicitó dictar medidas cautelares en contra de la organización política “Sí por México”, por la presunta violación al derecho de la ciudadanía de participar en la Revocación de Mandato, derivado de la difusión de una carta en las redes sociales de Twitter y Facebook en la que, aparentemente, se hace un llamado expreso a no participar, se realizan afirmaciones falsas y se desincentiva la recopilación de firmas de apoyo para solicitar el proceso de dicho ejercicio democrático.
Del análisis preliminar, la Comisión declaró la improcedencia de las medidas cautelares, al considerar que se está ante un acto de libertad de expresión, ya que la ciudadanía, de forma individual o colectiva, tiene el derecho de dar a conocer su posicionamiento sobre la Revocación de Mandato, con excepción de la contratación de tiempos en radio y televisión.
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