Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la revocación de validez de la elección a diputaciones federales en el distrito 01 de Baja California Sur, dictada por la Sala Regional Guadalajara, con lo que el triunfo, originalmente atribuido a la coalición Juntos Hacemos Historia, es para la coalición Va por México.
En su sentencia, la Sala Regional Guadalajara modificó los resultados en dos casillas y decretó la nulidad de dos más, por lo que se modificaron los resultados asentados en el acta de cómputo distrital de la elección para las diputaciones federales de mayoría relativa y de representación proporcional. Por lo anterior, revocó la declaración de validez de la elección, así como la constancia de mayoría expedida a favor de la coalición Juntos Hacemos Historia y ordenó realizar la declaración de validez y extender la constancia de mayoría a favor de la fórmula de candidaturas postuladas por la coalición conformada por los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática.
En sesión pública no presencial, por videoconferencia, las y los magistrados de la Sala Superior trataron diversas impugnaciones en torno a la determinación de la Sala Guadalajara. En el caso del partido Morena, se desechó su impugnación al haberse presentado de manera extemporánea.
En cuanto a las nulidades de casillas hechas valer, se determinó que resultaban fundadas las causales de nulidad relativas a ejercer presión o violencia en casilla, la indebida integración de una casilla, así como errores en el cómputo, por lo que se anularon cuatro casillas afectadas (22 C1, 442 C1, 94 C2, y 171 B), por lo que se ordenó la recomposición del cómputo distrital, confirmándose la revocación de la declaración de validez de la elección y constancia de mayoría otorgada a la coalición “Juntos Hacemos Historia”.
Por otra parte, el partido Fuerza por México alegó una posible violación a principios constitucionales, lo que debía llevar a anular la elección. En específico, señalaba que la difusión de mensajes de apoyo por parte de diversos influencers al Partido Verde Ecologista de México durante la jornada electoral transgredía el principio de equidad de la elección.
No obstante, se consideró que lo alegado por el partido resultaba ineficaz porque la Sala Regional Guadalajara desechó las pruebas ofrecidas al presentarse de manera posterior al cierre de instrucción del asunto conforme a lo previsto en el artículo 16, párrafo 4º de la Ley General de Medios del Sistema de Medios de Impugnación. En ese sentido, a ningún fin práctico llevaría el estudio del agravio basado en la prueba, ya que se confirmó que ésta se desechó conforme a derecho. (Asunto: SUP-REC-1059/2021 y acumulados).