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Diputados aprueban en lo general y particular Ley de FGR y regresa al Senado

Publicado por
Gema Hernández

La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen a la minuta que expide la Ley de la Fiscalía General de la República. Se devolvió al Senado de la República para los efectos del inciso E, del artículo 72 constitucional.

El documento, avalado en lo particular por 334 votos a favor, 109 en contra y 5 abstenciones, también abroga la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la Republica, y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de 65 ordenamientos legales.

Establece como principios rectores de la Fiscalía: legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez, respeto a los derechos humanos, interculturalidad, perspectiva de la niñez y adolescencia, debida diligencia, lealtad, imparcialidad, especialidad y perspectiva de género.

En la discusión en lo particular, el Pleno aceptó modificaciones a los artículos 5, 13, 20, 40, 53 y Décimo Transitorio, de la Ley de la Fiscalía General de la República.

En términos del dictamen quedaron las reservas planteadas por diputadas y diputados de Morena, PAN, PRI, PT, MC, PRD y sin partido, a los artículos 1, 3, 4, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 16, 17, 18, 19, 22, 25, 26, 32, 33, 38, 40, 41, 42, 45, 46, 47, 48, 50, 51, 60, 62, 77, 84, 88, 94, 98, 99 y 100 de la Ley de la Fiscalía General de la República.

Asimismo, el artículo 5 de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas; el 85 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos; el 12 de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres; y el 36 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Además, los artículos 4 y 45 de Ley General en materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas; el 11 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita; y el 33 de la Ley sobre Delitos de Imprenta, así como los artículos Quinto y Décimo Quinto Transitorios.

 

 

 

 

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Gema Hernández