La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE por el que declaró procedentes medidas cautelares al promocional del PRD denominado “ALIANZA”, difundido en radio, televisión y redes sociales, del proceso federal, al considerar que no se advierten actos anticipados de campaña.
Asimismo, se desecharon los medios de impugnación interpuestos por el PAN contra el promocional de radio “VACUNA COVID” RA01014-20 de Morena, así como los presentados por Morena en contra de los promocionales del PRI denominados “BARREDORA, por cuanto hace a su difusión en radio y televisión” y “DESGRACIA”, al haber concluido su etapa de transmisión.
Por lo que se refiere a la pauta local, se revocó el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias por el que determinó suspender la transmisión de tres promocionales en televisión en los tiempos del Estado asignados a Alfonso Durazo Montaño, precandidato a la gubernatura de Sonora por el partido Morena.
Se ordenó al INE que en los promocionales “LOS SONORENSES SOMOS ESPERANZA”; “VAMOS CON MÁS ESPERANZA” y “VAMOS CON MÁS ESPERANZA VOL. 2” de inmediato realice todo lo necesario para que se transmitan conforme a la pauta aprobada, debido a que carecen de expresiones entendidas como un posicionamiento anticipado del precandidato único y las frases están dirigidas a evidenciar cualidades de los sonorenses en general, de una manera únicamente descriptiva, sin que se observe un ánimo de posicionarse ante el electorado.