Las personas físicas -como asalariados o personas en esquema de honorarios- que reciben un ingreso están obligadas a pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR), el cual se calcula con base en una tabla que establece el porcentaje de retención del impuesto conforme rangos de ingresos.
El porcentaje de retención por concepto de ISR no es el mismo para todos los contribuyentes personas físicas, pues va desde el 1.9 por ciento hasta el 35 por ciento al mes, y se mide de acuerdo con tarifas de ingresos establecidos en la tabla que fija un límite inferior de ingresos y un límite superior de ingresos para cada año fiscal.
La tabla establece un rango de ganancias y es a esa diferencia a la que se le aplica el porcentaje del impuesto, el cual va ascendiendo a medida que los ingresos lo hacen.
La Ley del ISR prevé que las tarifas de esa tabla que se aplican en el cálculo del impuesto de las personas físicas se actualicen de conformidad con el aumento inflacionario cuando esta rebase del 10 por ciento desde la última vez que hubiera sido actualizada.
La última vez que estas tarifas fueron actualizadas sucedió en diciembre de 2017, para entrar en vigor el 1 de enero de 2018.
Dado lo anterior, la tarifa del impuesto debe ser actualizada para el ejercicio 2021, ya que la inflación acumulada desde diciembre de 2017 hasta noviembre de 2020 asciende a 11.42 por ciento, es decir, se detona el supuesto jurídico de la Ley del ISR.
Gustavo Leal Cueva, director ejecutivo de Fiscalia.com, explicó que la Ley del ISR prevé que, cada vez que se acumule en un 10 por ciento la inflación contando a partir de la última actualización de las tarifas de la tabla, se detona el supuesto jurídico de actualización de las tarifas de ingresos.
La última vez que se actualizaron las tarifas fue en diciembre de 2017, por lo que se considera la inflación acumulada de 2018, 2019 y 2020 que fue de 11.42 por ciento, con lo que ya se rebasa el 10 por ciento y se deben actualizar las tarifas de las tablas.
“Hace tres años se manejó en redes sociales y corría la percepción de que como se actualizaba la tarifa era que el impuesto iba aumentar, pero no, es totalmente lo contrario. Lo que se actualiza son los rangos (límite inferior y límite superior) en los que se ubican los ingresos”, señaló.
Como esos rangos de ingresos aumentarán, lo que ocurre es que el ingreso de la gente caiga en automático en rangos menores, es decir, que el salario de las personas físicas se encuentre más cerca del límite inferior de determinado rango de ingresos.
Leal Cueva dijo que, como los rangos de ingresos en las tablas aumentarán en 2021 y los ingresos probablemente no, o aun en el caso de que aumenten, al incrementarse esos rangos los ingresos de los contribuyentes se ubicarán más cerca del límite inferior.
“Si se trata de una persona que sigue con el mismo ingreso y sigue cayendo en el mismo rango de ingreso en la tabla, lo que sucede es que el límite inferior es más grande ahora, entonces la diferencia del impuesto, la diferencia por la que te van a cobrar el impuesto, será menor, ahí es donde viene el beneficio para las personas físicas”, expuso.
Es decir, con las actualizaciones de las tarifas el salario de las personas se puede quedar en el mismo rango en 2021 respecto del que se estaba este año, pero, como se incrementaron las tarifas de los límites, ese ingreso estará más cerca del límite inferior.
Por ejemplo, si en 2020 ganaste 6 mil pesos mensuales, la tarifa que te corresponde de acuerdo con la tabla de tarifas de ISR está en el rango de 4 mil 910 pesos mensuales como límite inferior y 8 mil 629 pesos mensuales como límite superior.
“Si ganas 6 mil pesos y te toca un rango en la tabla de alrededor de los 5 mil pesos, entonces la diferencia entre los 5 mil y los 6 mil pesos de tu sueldo (es decir, mil pesos) es sobre la que se paga la tasa de ISR que viene en la tabla (10.88 por ciento).
“Pero en 2021 esos 5 mil pesos del límite inferior se actualizan a casi 5 mil 500 pesos, entonces, la diferencia ahora sobre la que vas a causar el impuesto ya no es de 5 mil a 6 mil pesos sino de 5 mil 500 que será la tarifa del rango a 6 mil pesos que es tu sueldo, es decir, ahora la diferencia es menor de 500 pesos nada más”
Leal Cueva señala que el ejemplo anterior muestra que aunque las personas se queden en el mismo rango de las tarifas de la tabla, la diferencia a la que aplicas la tasa de ISR será menor, y es ahí donde las personas físicas se beneficiarán al ver en su recibo de nómina de enero de 2021 una menor retención de impuesto.
Fuente: El Financiero