Coronavirus

Nuevas restricciones para Madrid: movilidad limitada, aforos al 50% en hostelería y comercio y reuniones de no más de seis personas

Publicado por
Aletia Molina

El Ministerio de Sanidad ha publicado este jueves las medidas de control y recomendaciones para aquellas localidades que superen los niveles acordados este miércoles en el Consejo Interterritorial de Salud —incidencia de 500 casos por cada 100.000 habitantes en 14 días; 10% de PCR positivas y una ocupación de enfermos de covid en las UCI por encima del 35%—. Con estos criterios, 10 municipios de la Comunidad de Madrid, incluida la capital, tendrían que establecer confinamientos perimetrales, entre otras limitaciones. Estas son las principales medidas para “controlar la expansión de la enfermedad y reducir la presión asistencial sobre el sistema sanitario”, según Sanidad, que deberían entrar en vigor en las próximas 48 horas (aunque Madrid ha anunciado su intención de recurrirlas).

Limitación de los desplazamientos. Se restringirá la entrada y salida de personas del municipio como norma general, si bien se permiten muchas excepciones para desplazamientos justificados: asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales; asistencia a centros universitarios, docentes y educativos (incluidas las escuelas de educación infantil); retorno al lugar de residencia habitual; asistencia y cuidado a mayores, menores o dependientes… También se permiten desplazamientos a entidades financieras y de seguros que no puedan aplazarse, actuaciones requeridas ante los órganos públicos, judiciales o notariales, y también renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables. Además, estará permitido moverse para la realización de exámenes o pruebas oficiales, así como por causa de fuerza mayor o situación de necesidad, e incluso en cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada. La resolución no habla de la forma de justificar estos desplazamientos. Además, se realiza una recomendación explícita de evitar todo movimiento o desplazamiento innecesario en los municipios afectados.

Circulación por las carreteras. La circulación por carreteras y viales que transcurran o atraviesen los municipios confinados se permitirá cuando tenga origen y destino fuera de los mismos.

Movilidad en las ciudades. Dentro de los propios municipios, los ciudadanos podrán moverse “siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva establecidas por las autoridades sanitarias competentes”, sin excluir que puedan fijarse restricciones más estrictas por parte de las comunidades autónomas. La Comunidad de Madrid, por ejemplo, ha establecido limitaciones por zonas de salud en la capital.

Parques infantiles. El texto de Sanidad no incluye finalmente ninguna limitación sobre parques o parques infantiles, como se había anunciado en un primer momento, por lo que en principio no obliga a cerrarlos, aunque la comunidad autónoma puede hacerlo, como ya ha hecho Madrid con los parques infantiles de las zonas sanitarias confinadas.

Reuniones. Las reuniones familiares y sociales estarán limitadas a un máximo de seis personas en todos los casos, ya se celebren en “espacios públicos o privados” a excepción de que “se trate de convivientes y excepto en el caso de actividades laborales e institucionales o en el de actividades en que se establezcan límites o medidas específicas”.

Lugares de culto y velatorios. En los lugares de culto, el aforo máximo será de un tercio, garantizando en todo caso la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros; en los velatorios, 15 personas en espacios al aire libre o 10 en espacios cerrados, sean o no convivientes.

Tiendas, bares y restaurantes. Tiendas, locales de hostelería y de apuestas podrán trabajar con un aforo máximo del 50% (60% en espacios exteriores); el horario de cierre será a las 22.00 para los comercios y a las 23.00 para la hostelería, aunque no se podrán admitir nuevos clientes desde las 22.00. “El consumo en barra no estará permitido”, recoge el documento. En todos los casos, “las mesas o agrupaciones de mesas deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros”, respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas, y tener una ocupación máxima de seis personas.

Autoescuelas y academias. Las academias de formación no reglada y autoescuelas también podrán trabajar al 50% de su aforo, el mismo porcentaje que podrán acoger las instalaciones deportivas en espacios interiores (el 60% en exteriores). “La práctica deportiva en grupos se reducirá a un máximo de seis personas”, sigue el texto.

Rastreadores. El acuerdo también prevé que las comunidades con ciudades en esta situación “reforzarán sus capacidades para la detección precoz y el control de la enfermedad” de acuerdo con los planes ya acordados entre Sanidad y las comunidades.

Revisión de la situación. Las autonomías afectadas y Sanidad “revisarán semanalmente de manera conjunta la situación epidemiológica de los municipios” confinados y decidirán, también de forma conjunta, “la modificación del ámbito de aplicación de las medidas” que permitirá levantar el confinamiento cuando mejoren los indicadores.

Fuente: El País

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Aletia Molina