El uso del cubrebocas será obligatorio para los habitantes de la Ciudad de México como para las personas que transiten por la urbe, según lo determinado por el Gobierno capitalino.
Claudia Sheinbaum, jefa de Gobierno de la capital, publicó el viernes en la Gaceta Oficial capitalina una serie de acciones que los habitantes tendrán que acatar por la pandemia del COVID-19.
En el capítulo III, ‘Medidas sanitarias’, se lee lo siguiente:
«Será obligatorio para todas las personas que habiten o transiten en la Ciudad de México el uso de cubrebocas; la práctica de la etiqueta respiratoria: cubrirse la nariz y boca al toser o estornudar, con un pañuelo desechable o el ángulo interno del brazo; no escupir, si es necesario hacerlo, utilizar un pañuelo desechable, meterlo en una bolsa de plástico, anudarla y tirarla a la basura», menciona el texto.
El acuerdo establece que si una persona presenta síntomas compatibles con el COVID-19, debe dar aviso inmediato a través de LOCATEL o «de las herramientas disponibles mensajes de texto a través de SMS y sitio web».
En espacios públicos o cerrados, la administración capitalina recomienda el uso de visores o caretas, así como el uso de gel antibacterial.
También se sugiere «evitar el uso de joyería, corbata, barba y bigote, por ser reservorios de virus y demás microorganismos».
El acuerdo en el que se incluyen estas disposiciones entrará en vigor el próximo 1 de junio. Esa es la fecha de inicio que el Gobierno federal marcó para la llamada fase de ‘nueva normalidad’
Según el acuerdo, los tianguis podrán retomar actividades a partir del próximo 15 de junio, pero deberán seguir «los lineamientos, protocolos y/o guías de medidas de protección a la salud que emita el Gobierno de la Ciudad en coordinación con las alcaldías».
Se determinó que estos sitios de comercio debían cerrar después de que se declaró la Fase 3 de la epidemia del nuevo coronavirus.
En el caso de los empleados del Gobierno de la capital, estos regresarán a sus labores en las oficinas hasta el próximo 10 de agosto, salvo el personal necesario para trabajos en materia de recaudación y programas sociales.
El decreto establece que este es obligatorio para las personas vulnerables a la pandemia. De acuerdo con lo expuesto por la Secretaría de Salud, en esta clasificación entran los adultos mayores así como personas con comorbilidades.
Los empleadores que reanuden actividades, cuestión que será definida por el semáforo local, deberán garantizar una sana distancia entre los trabajadores (1.5 metros); colocar tapetes desinfectantes en las entradas de los centros de trabajo, y sanitizar las herramientas de trabajo «evitando que sean compartidas entre los empleados».
Fuente: Staff