Coronavirus México

Oficializa Puebla prohibición en venta de alimentos preparados, habrá sanciones

Publicado por
Aletia Molina

El gobierno del estado hizo oficial la publicación del decreto para prohibir la venta de alimentos preparados y bebidas no alcohólicas en establecimientos fijos con consumo en el mismo lugar, por lo que sólo podrán vender para llevar durante el tiempo que dure la pandemia por el Covid-19.

Publicado el pasado 1 de mayo en el Periódico Oficial del Estado (POE), se establece que esta medida se hace con la finalidad de evitar la propagación del coronavirus en el estado.

Dicho decreto establece que la entrega de los alimentos o las bebidas tendrá que ser ya sea en el inmueble o a domicilio, lo cual aplica para restaurantes, fondas, loncherías, cocinas económicas o demás negocios cuya actividad sea la preparación, venta y expendio de los mismos.

Aunado a que todas las personas que trabajen en estos comercios y tengan contacto con los productos deberán cumplir con las medidas mínimas de seguridad sanitaria, aplicando previamente a la preparación, gel con base en alcohol al 70 por ciento antes de cada atención al cliente y frente a éste, quedando en todo momento el uso obligado de cubierta facial como cubrebocas, careta o mascarilla y de acuerdo a las normas oficiales.

Estas medidas igual tendrán que seguirlas quienes hagan entrega de los alimentos, ya sea en el inmueble o en el domicilio del cliente.

El gobierno estatal hizo énfasis en que, en la preparación de los alimentos, bebidas o suplementos alimenticios, es aplicable la Norma Oficial Mexicana NOM-251-SSAI-2009, cuyo objetivo y campo de aplicación consiste en establecer los requisitos mínimos de buenas prácticas de higiene que deben observarse en el proceso, así como en sus materias primas a fin de evitar su contaminación.

“Para hacer efectiva la protección a la población ante esta epidemia, resulta importante generar medidas para que los lugares destinados a la venta de alimentos y bebidas no alcohólicas, no se congregue la gente rompiendo las medidas de sana distancia lo que implica que, ante un plural número de personas, haya un mayor número de contagios”, cita el decreto.

Por ello, hace énfasis en que las infracciones que advierta el personal adscrito a la Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios de la Secretaría de Salud (SS), se sancionaran administrativamente en términos de la Ley General de Salud y Ley Estatal de Salud.

Fuente: Heraldo de México

Compartir:
Compartir
Publicado por
Aletia Molina