Economía

¿Qué pasa si no presento mi Declaración Anual?

Publicado por
Aletia Molina

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha informado la fecha límite para que los contribuyentes presenten su declaración anual; será el 31 de marzo cuando las personas morales (empresas) tendrán que cumplir con su responsabilidad fiscal.

Mientras que las personas físicas tienen hasta el último día de abril para persentarla, pero si aún no lo has hecho, es importante que conozcas las consecuencias de posponer tu declaración ante el SAT.

Hay que recordar que desde enero de 2020 entraron en vigor nuevos supuestos para cancelar el certificado de sello digital (CSD) de los contribuyentes, el cual necesitas para firmar digitalmente las facturas electrónicas.

Te decimos a continuación cuáles son los casos en los que el SAT podrá cancelar el CSD:

Cuando no se presente declaración anual un mes después a la fecha en que se está obligado a hacerlo

Cuando no se presenten declaraciones provisionales o definitivas

En casos en que no se presenten dos o más declaraciones consecutivas

Cuando las empresas que deducen operaciones simuladas no acrediten la adquisición de los bienes o recepción de los servicios, ni corrijan su situación fiscal

En casos en que el ingreso declarado en las declaraciones de pagos provisionales, retenciones, definitivos o anuales no concuerde con los señalados en los CFDI

Cuando los datos de contacto proporcionados por el contribuyente en el buzón tributario estén mal

Cuando no se desvirtúe la presunción de transmitir indebidamente pérdidas fiscales

El certificado de sello digital es un documento electrónico que expide el SAT y que es garante para la vinculación de una identidad y una clave pública, por ello la importancia de evitar su cancelación.

Su función es firmar digitalmente las facturas electrónicas, y sin éste sencillamente las empresas no podrán facturar.

Fuente: Heraldo de México

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Aletia Molina