Con 104 votos a favor y solo dos abstenciones, el Pleno del Senado avaló ampliar medidas de protección a mujeres y la posibilidad de que servicios de salud puedan proveer de una Irrupción Legal del Embarazo (ILE) en caso de violación.
A través de reformas a la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, los legisladores aprobaron que se amplié hasta 60 días -prorrogables por 30 días más- las órdenes de protección para las mujeres que han sido violentadas y ofrecerle todos los servicios de manera gratuita, además de la obligación de las autoridades de los tres órdenes de gobierno y de todos los estados del país para atender a las mujeres y niñas que padecieron violencia, aun cuando no sea su entidad de origen o residencia.
Las medidas fueron aprobadas para evitar que los agresores realicen acciones más violentas contra las víctimas, o que incluso puedan llegar al delito de feminicidio.
Modificaciones a la ley
También incluyen modificaciones a la ley para que mujeres y niñas en situación de violencia sexual sean canalizadas a instituciones de salud con el fin de que se les proporcionen antirretrovirales, anticonceptivos de emergencia y la posibilidad de “interrupción legal y voluntaria del embarazo”.
Las mujeres agredidas y sus hijos podrán también tener protección personal y domiciliaria permanente de personal ministerial, policiaca o de seguridad privada.
Incluso, se podrán poner localizadores electrónicos a las personas agresoras, previo a su consentimiento.
Fuente: El Heraldo de México