Dos jueces de la Ciudad de México ordenaron asegurar las cuentas bancarias del empresario Miguel Alemán Magnani y de sus 24 empresas, como resultado de demandas mercantiles presentadas por Grupo Televisa.
Esta última demandó a Alemán por incumplir el contrato de compra del 50 por ciento de las acciones de Sistema Radiópolis, que había sido pactado en mil 248 millones de pesos, y que debió concretarse en septiembre pasado. El otro 50 por ciento es propiedad del grupo español Prisa.
Una de las empresas cuyas cuentas serán aseguradas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) es Interjet, aerolínea propiedad de la familia Alemán, que desde junio pasado enfrenta un embargo e intervención decretados por el SAT, por una deuda del IVA de 549.2 millones de pesos.
«Se decreta la medida cautelar consistente en la retención de bienes de los demandados Corporativo Coral y Miguel Alemán Magnani, como obligado solidario, hasta por la suma de 624 millones de pesos», ordenó el 13 de noviembre la Jueza Novena Civil, Magdalena Malpica.
«Hágase de conocimiento de la CNBV y Banco de México, a efecto de que se sirvan dar cumplimiento al presente proveído, toda vez que se decretó la medida cautelar consistente en la retención de bienes debiendo incluir las sumas de dinero que los demandados tengan en las cuentas aperturadas a su nombre en las instituciones financieras, bancarias y casas de bolsa del País», agregó.
Una medida similar dictó este viernes el Juez 41 Civil, en una demanda que reclama otros 624 millones de pesos de una pena convencional adicional, que Alemán aceptó luego de incumplir por primera vez el pago por Radiópolis.
Otras empresas afectadas por las órdenes judiciales son Corporativo Integral de Desarrollo Inmobiliario, dueña del centro comercial Antara Polanco y la petrolera Galem Energy Services.
Las cuentas para pago de nómina de las empresas están exentas de los aseguramientos.
Alemán ha argumentado que los bancos que iban a financiar la compra de Radiópolis no aportaron el dinero, pero Televisa sostiene que la obtención de financiamiento no fue acordada como condición para concretar el pago.