El porcentaje que las empresas pagan a sus empleados por concepto de reparto de utilidades será revisado por representantes patronales y de los trabajadores, como se hace cada 10 años.
La Secretaría del Trabajo emitió una convocatoria para que los sindicatos de trabajadores y de patrones registrados, así como los patrones independientes, elijan a quienes los representarán ante la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.
Actualmente, las empresas reparten 10 por ciento de sus ganancias a los trabajadores. El reto de la comisión que se formará será encontrar el mejor porcentaje en función de las condiciones económicas del País.
«El reto de esta comisión es encontrar cuál es el mejor porcentaje en función de las condiciones económicas del País y, por otro lado, cómo hacemos para que la base de las empresas que pagan se amplíe. No es un reto fácil.
«Hay ideas a favor de que el porcentaje se incremente, pensando que favorecerá a los trabajadores; eso puede afectar porque difícilmente las compañías buscarán cómo cumplir con eso y cómo evitarlo», opinó Germán de la Garza, abogado laboral.
Según la Secretaría del Trabajo, en abril, los sindicatos, federaciones y confederaciones que representan a más de 51 por ciento de los trabajadores sindicalizados solicitaron la revisión del porcentaje de utilidades.
Para discutir el tema se realizarán reuniones el 3 de octubre y los participantes estarán divididos en grupos: sector primario y servicios profesionales, financieros y corporativos; industria manufacturera y entes gubernamentales; industria extractiva, electricidad y comercio; construcción, restaurantes, servicios de alojamiento, transportes, comunicaciones, correo y almacenamiento; servicios sociales, diversos y otros no especificados.
El reparto de utilidades es un derecho constitucional de los trabajadores a recibir parte de las ganancias que obtiene una empresa.
En la actualidad, las empresas comparten 10 por ciento de las utilidades netas y se les otorga a más tardar el 30 de mayo a quienes laboran para una persona moral. Las personas que trabajan para una persona física deberán recibir el pago a más tardar el 29 de junio.
Según la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, la utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales.
La primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios.
La segunda se entregará en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.
Se considera como salario la cantidad que perciban los trabajadores en efectivo por cuota diaria. Cuando la retribución sea variable, se tomará como salario el promedio de las percepciones obtenidas en el año.
Fuente: Reforma