La reforma al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, publicada el martes 19 de marzo, especifica que los patines eléctricos y las bicicletas no podrán usar las banquetas de la ciudad, sino el arroyo vehicular, aclaró la Secretaría de Movilidad capitalina.
Los conductores de vehículos no motorizados tienen, entre otras, las siguientes prohibiciones:
“La versión anterior del Reglamento de Tránsito, en su artículo 5, autorizaba la circulación de vehículos recreativos en la banqueta. Sin embargo, en las modificaciones publicadas el pasado 19 de marzo, se cometió un error involuntario al incluir a los vehículos de pedaleo asistido o con motor entre los modos autorizados para circular en el espacio peatonal”, expone.
“Para subsanar este error, y así evitar cualquier ambigüedad en la interpretación, la Secretaría de Movilidad propondrá una redacción más explícita dentro del Reglamento de Tránsito, en la cual se establezca que estos vehículos tienen prohibida su circulación en la banqueta, a menos que sean utilizados por menores de 12 años y no cuenten con ninguna clase de pedaleo asistido ni motor. Asimismo, se establecerá que los únicos vehículos eléctricos habilitados para ocupar el espacio peatonal serán sillas de ruedas u otros dispositivos de apoyo a personas con discapacidad o movilidad limitada que no sobrepasen los 10 km/h. De esta manera, se promoverá una cultura de adecuada convivencia entre los distintos usuarios de la vía, con base en reglas claras que garanticen la circulación segura y libre de obstáculos para todos los peatones en la banqueta: niñas, niños, personas de la tercera edad, con movilidad limitada o con discapacidad”, abundó.
Fuente: Staff