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Admite Corte acciones de inconstitucionalidad contra súperdelegados

Publicado por
José Cárdenas

La Suprema Corte de Justicia abrió el juicio contra las reformas a la estructura del Gobierno federal impulsadas por el Presidente Andrés Manuel López Obrador y su partido, incluida la creación de los súperdelegados en los Estados.

El Ministro Luis María Aguilar admitió hoy a trámite cuatro acciones de inconstitucionalidad promovidas por diputados y senadores de oposición, que buscan anular las reformas de noviembre pasado a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF), mismas que seguirán vigentes mientras se litiga el caso.

Dichas reformas, además de los súperdelegados, incluyen la creación de las comisiones Presidenciales, la concentración de compras del gobierno en la Secretaría de Hacienda, y las designaciones centralizadas de directores Jurídicos y titulares de unidades de Administración y Finanzas de las dependencias, entre otros temas.

Aguilar dio quince días hábiles al Congreso y al Ejecutivo para contestar las demandas.

Dos acciones buscan invalidar múltiples puntos de la reforma, y además, alegan vicios de procedimiento legislativo, argumento que rara vez tiene éxito en la Corte.

La invalidez por violaciones de procedimiento no impediría a Morena y sus aliados volver a aprobar los mismos cambios.

En el tema de los súper delegados del Ejecutivo federal, se trata de una figura novedosa y la Corte no tiene precedentes aplicables, pues lo que ha revisado son reclamos de municipios cuando los gobernadores crean «autoridades intermedias» entre ambas instancias, que la Constitución prohíbe.

Otra acción impugna la reforma al artículo 21 de la LOAPF, que fue expandido para crear las comisiones Presidenciales, como la decretada en diciembre para indagar de nueva cuenta el caso de los normalistas desaparecidos de Ayotzinapa.

Estas comisiones podrían ser uno de los puntos más vulnerables en la Corte, porque se dieron amplias facultades al Ejecutivo para asignarles prácticamente cualquier misión, lo que según la oposición invade atribuciones Constitucionales de otras autoridades.

«Estas comisiones se constituyen como grupos de trabajo especial para cumplir con las funciones de investigación, seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes que deberán servir como base para la toma de decisiones o el objeto que determine su Decreto de creación», dice la ley impugnada.

También hay una demanda contra la adición al artículo 33 de la LOAPF, por el cual se facultó a la Secretaría de Energía para «coordinar» la determinación de tarifas eléctricas con la Comisión Reguladora de Energía, lo que invadiría las atribuciones de este órgano especializado.

En este punto particular, los diputados quejosos pidieron suspender los efectos de la reforma, pero el Ministro rechazó la petición.

Aguilar no tiene plazo para presentar sus proyectos de sentencia al Pleno de la Corte, donde se requiere el voto de ocho de los once ministros para invalidar cualquier aspecto de la reforma.

El Ejecutivo y el Congreso pueden solicitar a la Corte dar trámite prioritario a estas acciones, pero como las leyes no están suspendidas, es posible que preferirán que los Ministros tomen todo el tiempo necesario para resolverlas.

Además de estas cuatro acciones, la Corte también estudia dos acciones de la CNDH y senadores y, hasta ahora, tres controversias constitucionales de órganos autónomos que impugnan la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, así como las bajas salariales y recortes aplicados en el Presupuesto de Egresos de 2019.

Por la vigencia anual del Presupuesto, es probable que estos casos serán resueltos antes que los de la LOAPF.

Fuente: Reforma

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José Cárdenas