La manera de actuar por parte de la Justicia alemana con la entrega del expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, no es un caso aislado. En otras ocasiones, procesos judiciales abiertos en España con investigados que residían que Alemania han tenido un final muy parecido. El claro ejemplo es el de un investigado vinculado a la organización criminal ‘Ángeles del Infierno’, respecto de quien la Justicia alemana rechazó su entrega por varios delitos y sólo aceptó su entrega por uno.
Se trata de Frank Haupt, que a día de hoy se encuentra pendiente de juicio por la Audiencia Nacional dentro de la investigación seguida contra varios miembros de los ‘Angeles del infierno’, considerada por el juez una organización criminal. El magistrado que arrancó el asunto, Eloy Velasco, emitió una orden europea de detención contra él para que Alemania lo entregara, en un proceso que se inició en el año 2012.
Según ha podido saber La Vanguardia de fuentes jurídicas, en septiembre de 2014 la Fiscalía Anticorrupción ya solicitó una ampliación de la OEDE para que Alemania entregara a Haupt por los delitos investigados.
Concretamente, se le reclamaba por delito de amenazas, coacciones, falsedad documentales, simulación de delito, contra la seguridad del tráfico y organización criminal. Según explicó entonces el juez en su OEDE, Haupt “es un miembro de la organización HAMC (siglas de Motoclub Ángeles del Infierno), que colabora activamente, de manera continuada, con reparto de funciones, para la comisión de diferentes delitos”.
Rechazó la organización criminal
Además, Anticorrupción señalaba la evidencia de muy diversas formas de actuaciones, “bajo la forma de amenazas, coacciones, extorsiones, que los miembros de la organización HAMC realizan con ocasión de pertenencia a la misma, siendo según cabe inferir una gran fuente de financiación la actuación en ‘cobros de deudas’ mediante estos procedimientos”.
Además, Haupt tenía, según se desprende de la investigación, una “evidente relación con el imputado Necati Arabacci, quien aparece como presidente del ‘Hells Angels de Izmir’”. Según los investigadores, éste es el líder más destacado de la organización en Europa del Este. Éste fue precisamente expulsado de Alemania por la comisión de múltiples delitos.
Según fuentes del caso, Alemania finalmente sólo decidió entregar a Haupy por el delito de falsedad documental y rechazó los otros delitos como el de extorsión y de organización criminal. En septiembre de 2016, la Fiscalía volvió a recordar que el precepto legal por el que se había reclamado la OEDE era el artículo 570 bis del Código Penal.
Acusación de forzar a prostituirse
Este artículo señala que “quienes promovieren, constituyeren, organizaren, coordinaren o dirigieren una organización criminal serán castigados con la pena de prisión de cuatro a ocho años si aquélla tuviere por finalidad u objeto la comisión de delitos graves, y con la pena de prisión de tres a seis años en los demás casos; y quienes participaren activamente en la organización, formaren parte de ella o cooperaren económicamente o de cualquier otro modo con la misma serán castigados con las penas de prisión de dos a cinco años si tuviere como fin la comisión de delitos graves, y con la pena de prisión de uno a tres años en los demás casos”.
Sin embargo, la decisión de la Justicia alemana ha sido finalmente que Haupt sea entregado únicamente por uno de los delitos así que de cara al juicio sólo se le podrá juzgar por falsedad documental, en una vista que habrá 55 procesados como miembros y colaboradores por proxenetismo coactivo, extorsión y tráfico de drogas, entre otros delitos.
El grupo, desarticulado en julio de 2013 y liderado por el ciudadano Frank Hannebuth, había hecho de la prostitución forzada su principal fuente de financiación. Los miembros de la banda traían a España chicas bajo la apariencia de turistas y las obligaban a ejercer la prostitución, llegando a encerrarlas en jaulas para perros, según la investigación.
Haupt vs Puigdemont
En el caso de Puigdemont, por ahora, la Justicia alemana se ha negado a encarcelarle al entender que el 1 de octubre durante el referéndum prohibido judicialmente, no hubo la violencia necesaria para que se de el delito de “alta traición” recogido en su Código Penal.
Desde el Gobierno central se ha criticado la decisión adoptada por un tribunal alemán por entrar en el fondo del asunto en vez de limitarse a comprobar si los delitos por los que es reclamado son punibles en su Código Penal. Este tribunal todavía tiene pendiente resolver sobre la entrega y decidir finalmente si es entregado y por qué delitos. Sin embargo, ha habido más casos en los que los jueces alemanes han entrado en el fondo de asunto para denegarla entrega a pesar de que los hechos por los que se les reclaman también es delito en su normativa.
En base a cómo se actuó en el asunto de ‘Lo Ángeles del Infierno’, la Fiscalía podría solicitar al magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena que amplíe la OEDE a otros delitos, como podría ser el de sedición, para incrementar las opciones de que Alemania le entregue por algún delito grave y no lo limite a la malversación de caudales públicos.
Fuente: El País