Ante la barbaridad de proponer una“constitución moral” es preciso encender todas las alarmas y no quedarnos con la idea de que se trata de un disparate o de una ocurrencia, como he visto que algunos la descalifican superficialmente, o solo trivializarla como una reedición de la cruzada delamadridista por la “renovación moral de la sociedad”. No, la cuestión de erigir un oráculo de notables dictadores de la autoridad moral sobre lo que esté bien y lo que esté mal en el futuro régimen puritano de AMLO, tiene un contenido que oculta una pretensión golpista. La propuesta, lanzada en un acto lleno de alusiones religiosas, constituye un ominoso presagio que recuerda antecedentes históricos de embaucadores de fanáticos que impulsaron un culto ritualizado el cualacabó siendo peor que el régimen al cual querían sustituir. Oliver Cromwell y Adolfo Hitler en distintos momentos son dos conspicuos ejemplos. Hay otros episodios más cercanos: Fujimori en Perú y Maduro en Venezuela. El primero, en plena vanagloria de su autoridad decidió desconocer al congreso a partir de su monopolio moral y político para resolver los problemas peruanos sin el estorbo de los representantes electos y el segundo al conformar un congreso constituyente adaptado a sus necesidades personales para desconocer a los legisladores que se le oponían.
En primer término hay que rechazar la propuesta por la violación jurídica que implica. Quien aspira a la presidencia debe saber que de alcanzarla se comprometerá a “cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes que de ella emanan”. Ese compromiso no admite estructuras constitucionales paralelas por muy morales que pretendan ser, ni Juntas de Notables que al más puro estilo del conservadurismo del siglo XIX, se coloquen por encima de las instituciones constitucionales, sin que cuente el autor de tan insidiosa propuesta con facultades para convocarlos, ni ellos con atribuciones para expedir ni siquiera recomendaciones. La intención lopezobradorista rompe con el principio esencial del Estado de Derecho de que la autoridad solo puede hacer aquello para lo que está expresamente facultada y todo lo demás le está prohibido. Ni siquiera podría argumentar que se basaría en una reforma constitucional pues el núcleo del constitucionalismo es la ordenación política y jurídica —no moral— de la sociedad. Las nociones morales o filosóficas pueden inspirar las normas constitucionales pero no substituirlas.