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Alberto Elías Beltrán no cumple con requisitos para ser procurador: Everardo Moreno (Entrevista)

Publicado por
José Cárdenas

El catedrático Everardo Moreno, abogado, político y conocedor profundo de las partes constitucionales correspondientes al de la legalidad para la remoción o restitución del fiscal electoral, explicó que el marco que regula la Procuraduría General de la República está dentro del artículo 102 constitucional, el artículo 102 constitucional señala que corresponde precisamente al procurador el poder remover al fiscal para la atención de delitos electorales, de esa manera es que el señor procurador en funciones pudo haberlo removido, sin embargo la misma ley que es de febrero, el decreto que reformó el artículo 102, es de febrero de 2014, establece en su artículo transitorio número 18 que para que se le pueda remover el Senado está en aptitud de hacer observaciones y en este caso, las hizo.

 

 

A la pregunta: ¿Tiene el procurador General de la República en funciones el atributo legal para imputar al fiscal electoral? Porque se habla de que no tiene facultad legal para imputarlo, Everardo Moreno respondió:

 

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