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Limitan en spots a líderes de partidos; presentan reglamento

Publicado por
Héctor García

 

Los líderes y voceros de partidos que estén en busca de la candidatura presidencial no podrán salir con ese cargo en los spots de radio y televisión a partir de la primera semana de septiembre, cuando el INE declare iniciado el proceso electoral 2017-2018.

Así lo establecen los criterios que regulan la aparición mediática de esos personajes, contenidos en un documento que se presentó a los representantes de los partidos políticos ante el INE y que será discutido la próxima semana.

Las reglas señalan que se permitirá que los líderes y voceros aparezcan en los anuncios de “tiempo ordinario”, pero se estipula que no podrán “aprovecharse para comunicar, sugerir o exteriorizar cuestiones, posicionamientos o aspiraciones personales de ninguna índole, para no afectar la equidad en la contienda”.

En tiempos de precampaña y campaña, la aparición de líderes y voceros tiene una “restricción mayor” porque se debe privilegiar y anteponer la exposición de precandidaturas, candidaturas y plataformas electorales, señalan los lineamientos.

En el periodo de campañas podrán aparecer cuando tengan el carácter de candidatos, registrados ante la autoridad electoral correspondiente.

INE plantea acotar los spots a líderes y voceros

En tiempos de pre y campaña hay “restricción mayor”, porque se deben privilegiar las plataformas electorales.

De aprobarse los criterios que regulan la aparición de dirigentes y voceros de partidos en radio y televisión, los que estén interesados en la candidatura presidencial, no podrán salir en los spots de radio y televisión a partir de la primera semana de septiembre, cuando el Instituto Nacional Electoral (INE) declare que inició el proceso electoral 2017-2018.

En el documento que se presentó a los partidos ayer, y al que Excélsior tuvo acceso, se permite que los líderes y voceros aparezcan en los anuncios de “tiempo ordinario” pero se estipula que no podrá “aprovecharse para comunicar, sugerir o exteriorizar cuestiones, posicionamientos o aspiraciones personales de ninguna índole, para no afectar la equidad en la contienda”.

En estas directrices se aclara que en tiempo ordinario “se admite una mayor y más constante participación o aparición de dirigentes y voceros partidistas, siempre que cumpla con la finalidad de este tipo de mensaje”.

Pero en tiempos de precampaña y campaña, la aparición de líderes y voceros tiene una “restricción mayor” porque se debe privilegiar y anteponer la exposición de precandidaturas, candidaturas y plataformas electorales.

Los criterios mencionan que, cuando se reúna en una misma persona la calidad de dirigente o vocero partidista, o bien, la de aspirante, precandidato o candidato a un cargo de elección popular, deberán observar que “a partir del inicio del proceso electoral y hasta el inicio de la etapa de precampañas, los dirigentes y voceros de los partidos políticos que aspiren a un cargo de elección popular no podrán aparecer o participar con ese carácter o cargo partidista en la propaganda electoral que se difunda a través de radio y televisión, a fin de evitar que su presencia en dichos mensajes de comunicación social les represente un posicionamiento o ventaja indebida en menoscabo de la equidad en la contienda electoral”.

Se agrega que los líderes y voceros con aspiraciones a candidatos podrán aparecer en los tiempos de precampaña, siempre que se identifique su carácter de precandidato y se respeten las reglas de equidad interna del partido en el que participan.

En tanto, en el periodo de campañas los dirigentes y voceros sólo podrán aparecer cuando tengan el carácter de candidatos, siempre que hayan sido registrados ante la autoridad competente.

Para estos líderes que aspiran a la candidatura queda prohibido salir en los spots de intercampaña.

El documento señala que los criterios se realizaron a fin de que se haga un escrutinio escrupuloso para prevenir, investigar y, en su caso, corregir fraudes a la ley o a la Constitución, o posibles abusos al derecho de los partidos, sus dirigentes o voceros, de acuerdo con los principios y fines que rigen el modelo de comunicación política.

Hay que recordar que el Tribunal Electoral ordenó al INE crear criterios para evitar la sobreexposición de los líderes y voceros, así como fraudes a la ley, luego de desechar quejas contra la aparición de los líderes de Morena y el PAN, Andrés Manuel López Obrador y Ricardo Anaya, respectivamente, en los anuncios de radio y televisión de ambos partidos.

Límites

Los líderes y voceros que estén interesados en la candidatura presidencial de su partido:

  • No podrán salir en los spots de radio y televisión a partir de la primera semana de septiembre.
  • Podrán aparecer en los anuncios de “tiempo ordinario”, pero sin “aprovecharse para comunicar, sugerir o exteriorizar cuestiones, posicionamientos o aspiraciones personales de ninguna índole, para no afectar la equidad en la contienda.
  • A partir del inicio del proceso electoral y hasta el inicio de la etapa de precampañas, los líderes o voceros no podrán aparecer o participar con ese carácter o cargo partidista en la propaganda electoral que se difunda a través de radio y televisión.
  • Podrán aparecer en los tiempos de precampaña, siempre que se identifique su carácter de precandidato.
  • En el periodo de campañas sólo podrán aparecer cuando tengan el carácter de candidatos.
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Héctor García