La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que solo las minorías de los congresos locales están legitimadas para interponer acciones de inconstitucionalidad, criterio que impide a las mayorías promover este recurso para buscar derogar leyes.
El fallo derivó de la acción de inconstitucionalidad que promovió el Poder Legislativo del Estado de México, que impugnó la Ley que Regula el Uso de la Fuerza Pública en esa entidad, denominada Ley Atenco, estatuto que ellos mismos aprobaron en 2016.
Sin embargo, el recurso fue promovido por 51 diputados, de 75 que integran el Congreso del Estado de México, mismos que representan 68 por ciento; por esa razón, el pleno de la Suprema Corte decidió sobreseer el recurso, es decir, desecharlo.
En los próximos días, la Corte retomará la discusión de la Ley Atenco, al revisar las acciones de la CNDH y de la Comisión de Derechos Humanos del Edomex; en el proyecto de Dayán se propone declarar inconstitucional el artículo 40 de la Ley que Regula el Uso de la Fuerza Pública en el Estado de México.
El mencionado estatuto fue una iniciativa del gobernador mexiquense Eruviel Ávila, por lo que fue enviada en diciembre de 2015 al Congreso Local, que la aprobó el 17 de marzo, fecha en que también fue promulgada y un día después publicada en el periódico oficial mexiquense.
Fuente: Milenio