Por mayoría de votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó el aviso que debe hacerse al Gobierno de la Ciudad de México con 48 horas de anticipación para la realización de manifestaciones u otro tipo de concentraciones humanas contemplado en la Ley de Movilidad del Distrito Federal.
En el tercer día de debate sobre dicha legislación, y por seis votos contra cuatro, los ministros del máximo tribunal del país declararon la constitucionalidad del artículo 212 al considerar que no trasgrede los principios de legalidad, libre circulación, no discriminación, libertad de expresión y de reunión.
Durante el debate de este jueves, el ministro Arturo Zaldívar advirtió que el aviso contemplado en la Ley es un requisito previo que da paso a la generación de arbitrariedad por parte de la autoridad y además se trata de una norma carente de técnica legislativa.
Finalmente, luego de un receso, el pleno de la Corte determinó por mayoría de votos la validez de los artículos 213 y 214 de la Ley de Movilidad, relacionados con los límites para la realización de manifestaciones en las vías primarias de circulación continúa y la acción de las autoridades para evitar bloqueos.
Fuente: Excélsior