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Improcedente, suspender evaluación educativa

Publicado por
Aletia Molina

Los fallos han frenado la intención de los maestros de suspender el examen al que deben ser sometidos al segundo año de haber recibido su nombramiento como docentes, por ello han integrado una tesis jurisprudencial en el caso.

Desde la aprobación de la reforma educativa han sido maestros de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación los que también han actuado por la vía jurídica para frenar su implementación.

Conforme a esta tesis, solicitar la suspensión de la evaluación docente en un juicio de amparo es improcedente, debido a que de concederla se obstruiría el beneficio y mejoramiento del derecho a la educación a través de la garantía de que los maestros estén mejor preparados.

Explica que conforme al artículo 3 de la Constitución, el Estado debe garantizar educación de calidad, por lo que es necesaria la implementación de la evaluación obligatoria.

La publicación de este criterio implica que los demás órganos jurisdiccionales deberán publicar los criterios con los que resuelven asuntos similares. De emitirse y publicarse tres resoluciones más, de modo ininterrumpido, se elevará a la categoría de jurisprudencia que será el criterio obligatorio para los demás tribunales colegiados y unitarios de circuito, los juzgados de distrito, los tribunales militares y judiciales del orden común, tribunales administrativos y del trabajo, locales o federales que se ubiquen en el Estado de México, circuito al que corresponde el Tribunal que publicó la tesis.

Desde ayer la Suprema Corte de Justicia prepara la discusión de un proyecto de resolución realizado por el ministro José Ramón Cossío Díaz, en el que prevé confirmar la sentencia contraria a 17 integrantes de la CNTE, emitida por el Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Puebla, al considerar que el cese de los maestros que reprueben la evaluación docente es constitucional.

Fuente: El Universal

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Aletia Molina