El acuerdo, entrará en vigor mañana viernes, indica que el calendario escolar contemplará un mínimo de 185 días y un máximo de 200 días efectivos de clase, más 13 días efectivos destinados a las sesiones del Consejo Técnico Escolar (CTE), en ambos casos.
Las autoridades escolares, entendidas como directores de escuela y supervisores de zona, podrán solicitar a la autoridad educativa local el acceso al calendario de 185 días cuando cumplan con los requisitos establecidos; si no hacen el trámite, deberán apegarse al de 200 días.
El calendario de 185 días no es aplicable para los servicios de educación comunitaria del Consejo Nacional de Fomento Educativo (Conafe), las escuelas de educación normal y demás para la formación de maestros del nivel básico, supervisiones escolares, jefaturas de sector y las áreas regionales o centrales de operación de los servicios educativos.
Para establecer el calendario de 185 días, las autoridades escolares deberán, en sesión del Consejo Técnico, comprometerse a cumplir con una jornada escolar diaria más amplia que compense, a lo largo del ciclo lectivo, el tiempo equivalente a 15 días de clase, o implementar alguna de las modalidades de compensación de tiempo escolar.
En la sesión de mayo se debe acordar la implementación del calendario de 185, cuya solicitud se debe efectuar mediante un acta de acuerdo, que tendrá que entregarse a la Supervisión Escolar a más tardar en los primeros 10 días hábiles de junio.
En el supuesto de que la autoridad escolar de alguna escuela, pública o privada, incumpla con las obligaciones previstas en los lineamientos, las autoridades educativas locales deberán dar vista a la instancia de control estatal y determinar las sanciones correspondientes.
La Secretaría de Educación también publicó el acuerdo por el que se expiden los Lineamientos específicos para que las autoridades escolares soliciten autorización para realizar ajustes al calendario escolar, tanto al de 185 como al de 200 días.
Fuente: Notimex