El artículo 26, fracción VIII, de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, establece que por desperdiciar agua el infractor se hace acreedor a una multa de 21 a 40 días de salario mínimo.
Es decir, de mil 500 a 2 mil 800 pesos. Caso contrario, deberá cumplir un arresto de 25 a 36 horas.
«Aunque la sanción es conmutable, en caso de reincidencia, se deberá cumplir el arresto; esto significa que si me detienen por desperdiciar agua, puedo pagar multa y salir.
«Pero si saliendo, vuelven a detenerme por el mismo motivo, ya no tengo el beneficio de la multa, sino que debo cumplir el arresto», precisó el funcionario.
Los oficiales facultados para detener a personas que desperdicien el agua serán los elementos de la Policía Preventiva, quienes deberán presentar a quienes incumplan la norma ante el juez.
Sin embargo, agregó Granados, en caso de que un vecino capte a otro tirando agua, con pruebas y testimonios, puede iniciar una queja directamente en el juzgado cívico.