La Profepa exige «especial prioridad» en aquellas especies que se encuentran en alguna categoría de riesgo de conformidad con la NOM-059-Semarnat-2010, que enlista a la biodiversidad bajo protección especial.
De igual forma, Fonatur tiene hasta el 15 de febrero para presentar un plan de acción para retirar los restos de la vegetación producto de los trabajos de remoción dentro del proyecto, ante el riesgo de incendios que pueden representar la presencia de combustibles naturales durante la próxima temporada de calor.
«El plan deberá ejecutarse siempre y cuando no exista causa legal o mandamiento jurisdiccional que lo impida», lo que no podrá realizarse tras la suspensión definitiva otorgada por un juzgado.
La Profepa recordó que el juzgado segundo de distrito de Quintana Roo otorgó una suspensión definitiva para el efecto de que se suspenda cualquier acto que implique la remoción de vegetación, precisando que ello no impide ordenar la ejecución de actividades de recuperación y rehabilitación de flora y fauna.
«La suspensión otorgada no tiene alcance alguno sobre la Profepa, toda vez que la institución ha actuado puntualmente en el ejercicio de sus atribuciones, garantizando la aplicación de la ley», concluyó la dependencia.
La Procuraduría apuntó que después de que los días 26, 27 y 28 de enero realizó una visita de inspección al Proyecto Malecón notificó a Fonatur del acuerdo de emplazamiento.
Explicó que en la zona la fauna silvestre observada corresponde a 24 especies de aves, cuatro especies de reptiles, como la iguana rallada, el basilisco, el cocodrilo de pantano y la serpiente ranera bronceada, además de que hay evidencia de dos de mamíferos, como el mapache y el tlacuache.
Agregó que Fonatur deberá presentar un informe detallado de todas las acciones que le han sido ordenadas, incluyendo las técnicas de captura utilizadas, el manejo de los ejemplares capturados, los registros de los datos sobre estas actividades, así como de las condiciones generales en que se encontraban los ejemplares de fauna y el lugar destino al que fueron reubicados.
El plan de acción para el retiro de vegetación deberá describir todas y cada una de las actividades ejecutadas, el registro de los volúmenes retirados y el sitio para la disposición final de dichos residuos fuera del proyecto.
Indicó que Fonatur será sujeto de inspección de verificación por parte de la Procuraduría, y en caso de incumplimiento a lo ordenado, podrá hacerse acreedora de imposición de sanciones administrativas.
Fuente: La Jornada