Mencionaron que la investigación se realiza de manera cuidadosa para tratar de determinar el monto de lo evadido y las personas involucradas, la mayor parte de ellos galenos que llegan a percibir hasta 300 mil pesos mensuales solo por consultas. El caso aún no ha sido turnado a la Procuraduría General de la República (PGR) porque las autoridades hacendarias recaban las pruebas para que el agente del Ministerio Público federal pueda actuar penalmente contra estas personas.
Los funcionarios federales mencionaron que algunos médicos no entregan documentos que certifiquen el pago que reciben de sus pacientes, lo que representa una gran pérdida para el fisco. Otra irregularidad, agregaron, es que hay doctores que dan consulta en consultorios rentados a consorcios médicos y se acreditan como galenos de esas sociedades.
Puntualizaron que también existen denuncias por parte del personal que labora en consultorios y hospitales, en el sentido de que no perciben un salario justo y mucho menos beneficios que por ley les corresponden, situación que también es motivo para que investiguen autoridades laborales.
En el sector médico, puntualizaron, hay doctores que declaran ingresos por debajo de los realmente obtenidos. Ejemplificaron diciendo que hay doctores que cobran en promedio mil 500 pesos por consulta, sin extender recibo alguno al paciente, por lo que también es necesario que los usuarios del servicio demanden el comprobante de pago.
Los funcionarios comentaron que una parte de los consorcios médicos son propiedad de ex funcionarios y familiares. Hasta el momento las autoridades no han cuantificado a cuánto asciende el daño provocado al fisco por este sector profesional, por lo que se trabaja para tratar de determinar la cantidad y los responsables.
En agosto de 2015, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que la SHCP exhiba públicamente a las personas físicas y morales que emiten facturas falsas. Los ministros declararon constitucional el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente desde 2014, el cual permite al Servicio de Administración Tributaria (SAT) balconear a estas personas.
Fuente: Milenio