La Secretaría de Salud dio a conocer hoy modificaciones a la Ley General de Salud para el control del sobrepeso, obesidad y los trastornos de la conducta alimentaria, a fin de promover un estilo de vida saludable.
El decreto, publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación y que entrará en vigor mañana, indica también que dentro de los centros escolares queda prohibida la publicidad de alimentos y bebidas con bajo valor nutricional y alta densidad energética.
A los objetivos del Sistema Nacional de Salud se agregan promover un sistema de fomento sanitario que coadyuve al desarrollo de productos y servicios que no sean nocivos para la salud; y diseñar políticas que propicien la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, que contrarreste la desnutrición y la obesidad.
Establece que la Secretaría de Salud, en coordinación con la de Educación Pública y los gobiernos de las entidades federativas, formulará y desarrollará programas de educación para la salud, entre otros, aquellos orientados a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad y a la activación física.
Menciona que la dependencia deberá establecer un sistema permanente de vigilancia epidemiológica de los trastornos de la conducta alimentaria; así como expedir, junto con la SEP, los lineamientos generales para el expendio y distribución de alimentos y bebidas preparadas y procesadas en las escuelas del Sistema Educativo Nacional.
Las etiquetas o contra etiquetas para los alimentos y bebidas no alcohólicas, deberán incluir datos de valor nutricional, que consideren el contenido energético total que aporta el producto, así como el contenido de grasas saturadas, otras grasas, azúcares totales y sodio.
Dicha información será presentada en los términos que determine la Secretaría de Salud conforme a lo previsto en las disposiciones reglamentarias y jurídicas aplicables, las cuales deberán contener elementos comparativos con los recomendados por las autoridades sanitarias, a manera de que contribuyan a la educación nutricional de la población.
Fuente: Notimex